México D.F. Martes 4 de noviembre de 2003
Pesa en el ánimo de los ministros el
hecho de que el asunto es "cosa juzgada"
Espera hoy el GDF respuesta de la Corte
La mayoría considera que la petición de
López Obrador es "notoramiente improcedente"
JESUS ARANDA
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) decidirá hoy si es procedente la petición del jefe
de Gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador, de que
el máximo tribunal integre una comisión que investigue los
presuntos actos de corrupción en torno al caso del Paraje San Juan.
Según
trascendió, la mayoría de ministros considera que la solicitud
es "notoriamente improcedente" porque no se configura la existencia de
graves violaciones a las garantías individuales.
Y aunque se diera el caso de que el pleno reconociera
la personalidad jurídica de López Obrador para fundar su
petición con base en el artículo 97 constitucional, ello
no obliga a los ministros a atender la solicitud.
El precepto citado señala: "la Suprema Corte podrá
nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún juez de distrito
o magistrado de circuito, o designar a uno o varios comisionados especiales,
cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo federal
o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador
de algún estado, únicamente para que averigüe la conducta
de algún juez o magistrado federal; o algún hecho o hechos
que constituyan una grave violación de alguna garantía individual".
Cabe recordar que, inicialmente, López Obrador
presentó la solicitud por medio de una misiva dirigida al presidente
del máximo tribunal, Mariano Azuela; sin embargo, éste desechó
la petición al considerarla "notoriamente improcedente", en razón
de que, según el artículo 97 constitucional, el jefe de Gobierno
"no es gobernador de un estado" y por tanto su petición era inatendible.
Ante la negativa, el mandatario capitalino interpuso un
recurso de revisión, el cual fue turnado a la primera sala, que
preside el ministro ponente de este asunto, Juan N. Silva Meza, quien dada
la importancia del asunto decidió turnar el caso al pleno de ministros.
Además de las razones que discutan los ministros
en la sesión de hoy para determinar la procedencia de la petición,
pesará en el ánimo del pleno el hecho de que el asunto es
legalmente "cosa juzgada". Es decir, el 5 de junio de 2002 la primera sala
ordenó a la juez cuarta de distrito en materia administrativa B,
Gabriela Rolón, que mediante avalúo determinara el monto
correspondiente para que el Gobierno del Distrito Federal indemnice a Enrique
Arcipreste del Abrego por la expropiación del predio llamado Paraje
San Juan, cuya extensión es de 298 hectáreas.
Posteriormente, la juez dictó resolución
y fijó una indemnización de mil 810 millones de pesos; sin
embargo, el 14 de octubre pasado, ante el cuarto tribunal colegiado en
materia administrativa, el gobierno capitalino interpuso un recurso de
revisión sobre el monto fijado.
Sobre el particular, los ministros tienen claro que aun
cuando el tribunal colegiado confirmara la cifra a pagar, el gobierno capitalino
tiene aún la posibilidad de que en un juicio de inejecución
de sentencia, ante la propia Corte, presente las pruebas necesarias para
demostrar que el monto de la indemnización es exagerado y consiga
reducir la cantidad.
Respecto del problema planteado por López Obrador
de que hubo irregularidades en la adjudicación de la propiedad del
Paraje San Juan, así como una serie de actos de corrupción
que derivaron en la indemnización multimillonaria, es difícil
que los ministros decidan crear una comisión que investigue el asunto,
toda vez que consta que en un oficio sin número, fechado el 28 de
marzo de 1993, el entonces secretario general de Gobierno del Departamento
del Distrito Federal, Marcelo Ebrard, reconoció expresamente el
derecho de propiedad del señor Arcipreste Nouvel sobre el Paraje
San Juan, mismo que después le habría heredado a su hijo
Enrique.
Posteriormente, el 7 de diciembre de 1995, el regente
Oscar Espinosa Villarreal reconoció de nueva cuenta el derecho de
propiedad.
De acuerdo con la documentación que sobre el caso
conoció la primera sala de la Corte, ninguno de los documentos relacionados
con la propiedad del inmueble fue impugnado por el Gobierno del Distrito
Federal. El único recurso que se interpuso fue en 1998, el cual
tuvo que ver con la sobreposición de predios; sin embargo, esto
quedó solucionado una vez que el señor Arcipreste notificó
al juzgado que aceptaba el pago del terreno que no tuviera litigio alguno.
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