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E D I T O R I A L
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México D.F. Jueves 9 de octubre de 2003

 

GUERRA SUCIA: LA NO PRESCRIPCION

sol-2Ayer, los ministros de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron, por tres votos contra uno, atraer la denuncia contra los ex titulares de la desaparecida Dirección Federal de Seguridad (DFS): Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno, por la privación ilegal de libertad y la desaparición forzada de Jesús Piedra Ibarra.

De esa manera, y con casi tres décadas de retraso, empieza el primer proceso penal civil orientado a esclarecer los crímenes cometidos por el poder público durante la guerra sucia librada por los gobiernos de Luis Echeverría y José López Portillo contra integrantes de organizaciones armadas, luchadores sociales, disidentes políticos y activistas agrarios, sindicales y estudiantiles.

Cabe recordar que una corte militar ventila actualmente la acusación contra los ex generales Jaime Quirós Hermosillo y Mario Arturo Acosta Chaparro por el asesinato de dos decenas de guerrilleros en Guerrero, en los años setenta. Es pertinente mencionar, asimismo, que con el proceso referido el máximo órgano del Poder Judicial del país se estrena como tribunal de apelaciones, y que en el curso del análisis del caso deberán resolverse diversos aspectos de imbricada técnica jurídica.

Es de esperar que las aristas y las paradojas legales del caso no perviertan el sentido fundamental de la atracción, que no sólo es jurídico sino también ético, político y humano, y consiste en definir la no prescripción de delitos de lesa humanidad, tal como establecen los diversos instrumentos jurídicos internacionales a los que se ha adherido nuestro país.

A este respecto, debe considerarse que tales delitos, cometidos al amparo del poder público, se consideran imprescriptibles no sólo por su carácter atroz y abominable, sino también porque resulta prácticamente imposible juzgarlos en el momento en que son perpetrados; en la generalidad de los casos, esperar a que los delincuentes -y sus sucesores, quienes suelen encubrirlos- pierdan las posiciones de poder que detentaban para poder llevarlos ante un tribunal.

El caso de Jesús Piedra Ibarra es emblemático especialmente porque su madre, Rosario Ibarra de Piedra, se ha sostenido de manera valiente, inflexible y heroica en la exigencia de esclarecimiento y justicia para su hijo y para los otros centenares de desaparecidos políticos durante la guerra sucia.

Las brutales consecuencias de las desapariciones forzadas, el recuerdo de los ausentes, el dolor de los familiares y la impunidad de los represores siguen vigentes. No hay motivo, por tanto, para considerar que los delitos correspondientes ya prescribieron, ni para seguir negando la justicia a las víctimas.

En la resolución comentada, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se juega su prestigio, su credibilidad y su autoridad moral. Ojalá logre conservar tales atributos y abra la puerta, con una decisión justa, para que los culpables de la represión asesina -sea cual fuere el rango que hayan ostentado- reciban las sanciones que les correspondan conforme a derecho.
 

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