México D.F. Jueves 9 de octubre de 2003
GUERRA SUCIA: LA NO PRESCRIPCION
Ayer,
los ministros de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) resolvieron, por tres votos contra uno, atraer la
denuncia contra los ex titulares de la desaparecida Dirección Federal
de Seguridad (DFS): Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno, por
la privación ilegal de libertad y la desaparición forzada
de Jesús Piedra Ibarra.
De esa manera, y con casi tres décadas de retraso,
empieza el primer proceso penal civil orientado a esclarecer los crímenes
cometidos por el poder público durante la guerra sucia librada
por los gobiernos de Luis Echeverría y José López
Portillo contra integrantes de organizaciones armadas, luchadores sociales,
disidentes políticos y activistas agrarios, sindicales y estudiantiles.
Cabe recordar que una corte militar ventila actualmente
la acusación contra los ex generales Jaime Quirós Hermosillo
y Mario Arturo Acosta Chaparro por el asesinato de dos decenas de guerrilleros
en Guerrero, en los años setenta. Es pertinente mencionar, asimismo,
que con el proceso referido el máximo órgano del Poder Judicial
del país se estrena como tribunal de apelaciones, y que en el curso
del análisis del caso deberán resolverse diversos aspectos
de imbricada técnica jurídica.
Es de esperar que las aristas y las paradojas legales
del caso no perviertan el sentido fundamental de la atracción, que
no sólo es jurídico sino también ético, político
y humano, y consiste en definir la no prescripción de delitos de
lesa humanidad, tal como establecen los diversos instrumentos jurídicos
internacionales a los que se ha adherido nuestro país.
A este respecto, debe considerarse que tales delitos,
cometidos al amparo del poder público, se consideran imprescriptibles
no sólo por su carácter atroz y abominable, sino también
porque resulta prácticamente imposible juzgarlos en el momento en
que son perpetrados; en la generalidad de los casos, esperar a que los
delincuentes -y sus sucesores, quienes suelen encubrirlos- pierdan las
posiciones de poder que detentaban para poder llevarlos ante un tribunal.
El caso de Jesús Piedra Ibarra es emblemático
especialmente porque su madre, Rosario Ibarra de Piedra, se ha sostenido
de manera valiente, inflexible y heroica en la exigencia de esclarecimiento
y justicia para su hijo y para los otros centenares de desaparecidos políticos
durante la guerra sucia.
Las brutales consecuencias de las desapariciones forzadas,
el recuerdo de los ausentes, el dolor de los familiares y la impunidad
de los represores siguen vigentes. No hay motivo, por tanto, para considerar
que los delitos correspondientes ya prescribieron, ni para seguir negando
la justicia a las víctimas.
En la resolución comentada, la Suprema Corte de
Justicia de la Nación se juega su prestigio, su credibilidad y su
autoridad moral. Ojalá logre conservar tales atributos y abra la
puerta, con una decisión justa, para que los culpables de la represión
asesina -sea cual fuere el rango que hayan ostentado- reciban las sanciones
que les correspondan conforme a derecho.
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