México D.F. Jueves 18 de septiembre de 2003
Podrían haberse violado sus derechos
básicos, explica
Niega la SRE a España la extradición
de Llona
Pruebas desechadas por el juez 15, base para esa decisión
ROSA ELVIRA VARGAS Y GUSTAVO CASTILLO GARCIA
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) negó
ayer la extradición a España de Lorenzo Llona Olalde, por
considerar que con su entrega podrían violarse garantías
fundamentales que la Constitución otorga al ciudadano naturalizado
mexicano.
En un comunicado de prensa, la dependencia informó
que la decisión del canciller Luis Ernesto Derbez fue producto ''de
un profundo y detallado análisis'' tanto de documentos que presentaron
las autoridades españolas como de ''elementos supervenientes'' a
los que la SRE tuvo acceso ''en fecha muy reciente''.
Sin embargo, fuentes oficiales revelaron que la base para
negar la extradición se sustentó en el análisis de
las pruebas que no quiso valorar el juez 15 de distrito, Ranulfo Castillo
Mendoza, con las cuales se demostraría que Llona estaba en México
el día de los hechos que se le imputan.
Según
las fuentes consultadas, la cancillería consideró que ''había
dudas razonables que favorecen a Llona sobre su presencia en España
en la fecha en que se realizó el atentado, ya que se exhibieron
documentos que acreditan su presencia en México el día de
los hechos, y la SRE los consideró lo suficientemente válidos
para negar la extradición''.
En tanto, en su comunicado de prensa, Relaciones Exteriores
estableció un deslinde con la que denominó una ''acertada
opinión'' del juez 15 de distrito en materia penal, Ranulfo Castillo
Mendoza, quien el pasado 27 de agosto emitió una declaración
favorable a la extradición.
La secretaría ''consideró y valoró
detenidamente'' la opinión del juzgador, la cual -en su opinión-
se apegó estricta y fundadamente en los términos del tratado
bilateral entre México y España, pero negó la extradición
luego de analizar disposiciones constitucionales, legales y de los acuerdos
en cuestión.
Asimismo remarca que atendió -para negar el pedido
de la justicia española- ''los criterios jurisprudenciales aplicables
y los elementos que potencialmente pudieran interferir con las garantías
consagradas en nuestra Constitución''. De manera específica,
precisa, se atendió el principio de ''jerarquía de las normas''
que, aunque no lo menciona, era uno de los elementos fundamentales a los
que apeló la defensa de Lorenzo Llona.
Así, mientras Relaciones Exteriores insiste en
que si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha decretado
la constitucionalidad del tratado bilateral entre México y España,
y que la solicitud de extradición en los términos acordados
entre ambos países es válida, algunas ''garantías
constitucionales fundamentales del reclamado podrían haberse violado
con su entrega'' a las autoridades españolas.
Llona Olalde fue notificado ayer a las 13 horas de esta
determinación.
Por último, la cancillería apunta en el
último párrafo de su comunicado que este proceso no guarda
vinculación con la petición que también ha formulado
el gobierno de España en contra de seis presuntos miembros ''del
grupo denominado ETA'', apenas en junio pasado, el cual se analiza en un
juzgado de distrito de esta capital.
Un vasco en México
Llona Olalde llegó a México en diciembre
de 1980, con un grupo de vascos. El, como sus compañeros de viaje,
fueron asilados por el gobierno de José López Portillo. El
se nacionalizó mexicano en 1993; sin embargo, los problemas comenzaron
en febrero de este año, cuando policías españoles
llegaron a su domicilio en la ciudad de Zacatecas para presionarlo y exigirle,
a cambio de no extraditarlo, que les proporcionara datos de otros vascos
residentes en territorio mexicano. Durante la visita fue advertido
de no avisar a nadie o en caso contrario él y su familia sufrirían
las consecuencias.
Dos meses transcurrieron y a las 11 de la mañana
del 3 de abril, el mexicano de origen vasco fue detenido por ocho elementos
de la Agencia Federal de Investigación (AFI) cuando salía
de su casa. Su esposa, Guadalupe Orozco, nada pudo hacer para impedir la
aprehensión y el cumplimiento de la orden de detención provisional
con fines de extradición, que giró el juzgado 15 de distrito,
con sede en la ciudad de México.
Inclusive, según los testimonios recabados en aquellos
días, Asier Llona, de 19 años, hijo de Lorenzo, fue encañonado
para impedir que a bordo de su vehículo siguiera la camioneta Suburban
en la que su padre fue conducido hasta el aeropuerto de Zacatecas.
Para lograr su extradición, sin considerar si era
mexicano o no, y sin las pruebas suficientes sobre su estadía en
España en la fecha que se asegura estuvo allá, el gobierno
ibérico lo acusó de haber participado en un atentado cometido
por la organización vasca ETA, que se cometió el 24 de julio
de 1981, en el poblado de Tolosa, en Guipúzcoa.
Desde el principio de su encarcelamiento, Llona Olalde,
su familia y su abogada, Bárbara Zamora, aseguraron que en la fecha
en la que se habría cometido el atentado el vasco nacionalizado
mexicano estaba en México, y tenía pruebas documentales que
demostraban que había realizado trámites ante el Instituto
Nacional de Migración (INM).
Desde el inicio del proceso judicial en el cual el juez
15 de distrito emitiría una opinión técnico jurídica
en torno a si era válido o no otorgar la extradición de Llona
Olalde, el caso estuvo plagado de irregularidades, pues a pesar de que
su defensa solicitó al INM el expediente migratorio y se acordó
que éste sería entregado en un plazo de tres días,
los documentos fueron proporcionados por lo menos cuatro días después.
Asimismo, en el juzgado se aceptó la petición
de extradición a pesar de que carecía de los requisitos mínimos
para solicitarla, ya que contenía ''copias simples'', y ni siquiera
adjuntaba fotografías del reclamado, indicó en mayo la defensa
de Llona. Sin embargo, Guadalupe Orozco entregó a Bárbara
Zamora no sólo los documentos del INM que muestran a Llona Olalde
en México en las fechas que se le imputaba haber participado en
el atentado, sino también recibos de pago del primero de junio de
1981, que demuestran que su marido estaba laborando en la empresa maderera
El Bajío, así como documentos de los trámites que
en esas fechas realizó en el Instituto Mexicano del Seguro Social
y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El 5 de junio de este año, el juez 15 de distrito,
Ranulfo Castillo, notificó a Llona la solicitud formal para extraditarlo.
Según la abogada Zamora, la acusación se sustentaba en ''la
declaración de una persona que en ningún momento nombra a
Lorenzo en esos hechos''.
Fue hasta el 6 de agosto cuando el juez Ranulfo Castillo
Mendoza recibió de la Procuraduría General de la República
(PGR) las fotografías originales en las que supuestamente aparece
Llona Olalde, como prueba para conseguir la extradición. La defensa
alegó que éstas fueron aceptadas fuera de tiempo. Su queja
en nada cambió la decisión del juez.
Tampoco valieron las protestas que la defensa realizó,
porque las pruebas a favor de Llona no fueron analizadas por el juez Castillo
Mendoza.
El 27 de agosto, Ranulfo Castillo notificó a Llona
que procedía su extradición. Un día después,
el mexicano de origen vasco inició una huelga de hambre que duró
21 días.
Hasta ayer por la mañana, Llona continuaba con
su protesta; su defensa había entregado a la cancillería
las pruebas que el juez Castillo no había valorado, y estaba a la
espera de la resolución.
Hoy, Lorenzo Llona Olalde está libre y de regreso
en su negocio, dedicado a la comercialización de queso menonita
en Zacatecas.
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