México D.F. Martes 29 de julio de 2003
El gobierno aduce "desmedido enriquecimiento" de los propietarios
Endurecen en Cuba la ley que permite a un particular arrendar su vivienda
Fuertes impuestos y reformas legales acaban con la opción de "trabajo por cuenta propia"
GERARDO ARREOLA CORRESPONSAL
La Habana, 28 de julio. El gobierno de Cuba endureció la legislación que permite a los particulares arrendar una parte o el total de sus viviendas, invocando una ofensiva contra la prostitución y el "desmedido enriquecimiento" de los propietarios.
"Han surgido tendencias y conductas negativas que desvirtúan la esencia misma del arrendamiento en nuestro país", dijo una resolución del Instituto Nacional de la Vivienda, publicada en una edición extraordinaria de la Gaceta Oficial del pasado 15 de julio, que empezó a circular entre los afectados.
La disposición señaló que hay viviendas en arrendamiento que se utilizan "como casas de citas u otras prácticas, que favorecen la prostitución, el proxenetismo (y) el desmedido enriquecimiento".
El arrendamiento de vivienda, tanto en dólares como en moneda nacional, es una variante de microempresa, iniciada en 1995 en Cuba, como parte de una limitada apertura a mecanismos de mercado, para oxigenar la economía de la isla, entonces desplomada tras la desaparición de la Unión Soviética.
La opción legal, llamada trabajo por cuenta propia, comprende giros como los restaurantes familiares (paladares), el servicio de taxi y el ejercicio de la artesanía y oficios varios. Pero en la práctica ha ido en retroceso, bajo una ofensiva de retórica oficial, fuertes impuestos y reglamentos, cancelación de licencias o negativa de nuevas expediciones y reformas legales como la recién adoptada.
Cálculos extraoficiales indican que de las más de 205 mil licencias de microempresarios que había en 1995, el total puede haber caído hasta cerca de 100 mil.
Los arrendamientos de vivienda prosperaron, particularmente en La Habana, en el segmento del turismo extranjero que acepta sin problemas la habitación de una casa, por la que puede pagar unos 30 dólares por noche, mientras que el rango de tarifas de los hoteles está entre 40 y 150 dólares diarios.
La reforma más dura para los arrendadores, en la última resolución, es la que aplica impuestos al servicio de comidas y al empleo de espacios comunes, que hasta ahora no estaban legalmente considerados.
Estos microempresarios pagan un impuesto mensual, basado en indicadores fijos, sin tomar en cuenta cuántos días tuvieron ocupada la habitación o cuál fue su ingreso.
Por ejemplo, el arrendador que declara tener dos habitaciones para rentar, paga un impuesto de 500 dólares mensuales fijos, 250 por cada cuarto. Si tiene estacionamiento, son 20 dólares mensuales más.
Ahora tendrá que agregar la tasa por las comidas y espacios comunes, como sanitarios, cocina, sala, pasillos u otros, además del pago anual del impuesto por el ingreso neto.
Hasta ahora quienes alquilaban su vivienda no podían prestar al mismo tiempo el servicio de comida. Pero la nueva resolución asume esa opción de oficio, aunque el propietario declare que no la ofrece.
Entre las anteriores y las nuevas prohibiciones para el arrendador, la legislación cubana impone estas: ejercer otra actividad empresarial propia; salir del país por más de tres meses o iniciar trámites para emigrar; arrendar el total de la vivienda en dólares y tener empleados fuera de la familia.
La resolución impone al arrendador la obligación de tener "una conducta acorde con la moral y las buenas costumbres en la comunidad o en el centro de trabajo" y permite que su licencia sea cancelada cuando resulte "recomendable por el lugar, circunstancias o por opinión de las organizaciones sociales y de masas de la comunidad".
Sólo está permitido el arrendamiento total de la vivienda a cubanos residentes en el país y no pueden alquilar habitaciones los representantes de empresas extranjeras radicadas en Cuba.
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