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México D.F. Jueves 29 de mayo de 2003

Respuesta de Sari Bermúdez al Senado

El CNCA y el INAH, sin poder para ceder el ex Arzobispado

ROBERTO GARDUÑO Y GEORGINA SALDIERNA

El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA) y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) informaron a la Cámara de Senadores que ''no tienen facultades para retirar del servicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el ex Palacio del Arzobispado y entregarlo en concesión a una persona moral privada".

Al responder a la solicitud del Senado, que demandó una explicación sobre la propuesta de establecer un museo de arte religioso en el inmueble de la calle Moneda número 4, Centro Histórico, Sari Bermúdez, presidenta del CNCA, consideró imposible que el edificio pase a manos privadas.

''Jurídicamente no es posible otorgar en comodato ningún bien del dominio público a personas privadas físicas o morales."

Con esta declaración, la presidenta del CNCA se retracta de lo que aseguró el pasado 3 de abril, cuando dejó entrever que el ex Arzobispado ''en todo caso podría pasar en comodato. No hay de otra, eso lo dice la ley" (La Jornada, 4/04/03)

En la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, la solicitud para autorizar la cesión en comodato del Palacio del Arzobispado a la Iglesia católica se recibió el 25 de octubre de 2002, aunque los responsables de esa dependencia, a raíz de la polémica suscitada, se han negado a revelar quién firmó dicha petición.

Bien del dominio público de la nación

El comunicado dirigido al senador Enrique Jackson, presidente de la mesa directiva del Senado, argumenta que desde el 12 de julio de 1859 el antiguo Palacio del Arzobispado pasó al dominio de la nación de conformidad con la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos promulgada ese año: ''Se trata de un inmueble profundamente emblemático del proceso político relativo a las Leyes de Reforma".

En ese contexto, mediante sentencia dictada el 16 de febrero de 1970 por el juez primero de distrito en el DF, dentro de las diligencias de información ad perpetuam número 197/68, la Federación obtuvo el título supletorio de dominio del inmueble conocido como Casa del ex Arzobispado.

El edificio es un bien del dominio público de la nación, como determinan los artículos 35 y 36 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, y fue destinado a Hacienda por decreto presidencial en 1982.

Desde entonces esa secretaría desarrolla ''con recursos propios un importante trabajo de restauración del inmueble, así como proyectos de difusión vinculados con obras de artistas plásticos entregadas a Hacienda como pago en especie. Y en ese lugar está instalado un museo de sitio".

La ley prevé que los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y no están sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional. Los particulares y las instituciones públicas sólo pueden usarlos, aprovecharlos y explotarlos cumpliendo la Constitución y la ley.

Inclusive los inmuebles federales pueden ser destinados al servicio público de las dependencias o entidades de la administración pública federal o de los gobiernos estatales y municipales, como manifiesta un acuerdo signado por la Secodam, ahora Secretaría de la Función Pública.

La respuesta del CNCA, firmada por su titular, señala que los bienes del dominio público de la Federación sólo pueden usarse o aprovecharse por particulares mediante la figura de la concesión o el permiso, que implica el pago de los derechos.

''Jurídicamente no es posible otorgar en comodato ningún bien del dominio público a personas privadas físicas o morales. El CNCA y el INAH no tienen facultades para retirar del servicio de la Secretaría de Hacienda el ex Arzobispado y entregarlo en concesión a una persona moral privada.''

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