México D.F. Miércoles 28 de mayo de 2003
Inconstitucional, la exención tributaria que aprobó el Congreso en 2002
Resuelve la Corte: burócratas, obligados a pagar impuestos por prestaciones
La medida, que afectará a 3 millones, entrará en vigor a partir del próximo 27 de junio
GUSTAVO CASTILLO GARCIA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que todos los empleados estatales deben pagar impuestos por lo que obtengan en prestaciones, tras declarar inconstitucional la exención tributaria que el Congreso de la Unión aprobó en diciembre de 2002.
Ayer, por unanimidad, el máximo tribunal del país otorgó la razón al procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha, quien promovió la acción de inconstitucionalidad número 9/2003, en la cual solicitaba la declaración de invalidez del segundo párrafo de la fracción XI del artículo 109 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre del año pasado.
Como se recordará, en diciembre de 2002, un mes después de que el pleno de la SCJN aprobó tesis de jurisprudencia en las que dictaminaba que es inconstitucional que los burócratas no paguen impuestos por concepto de aguinaldo, bonos y pagos extraordinarios, el Congreso de la Unión aprobó la miscelánea fiscal 2003, en la cual acordó que los trabajadores al servicio del Estado estaban exentos del pago de tributos por esos conceptos.
Este año el Congreso de la Unión aprobó la Ley de Ingresos que repite los vicios de la legislación en la materia de 2002, en el apartado de impuesto sobre la renta (ISR), que en su artículo 109, fracción XI, penúltimo párrafo, otorga una exención ilimitada a los trabajadores al servicio de la Federación y los estados, respecto de los ingresos que obtengan por concepto de gratificaciones, aguinaldo y prima vacacional, aunque restringe esa prerrogativa a 30 y 15 días de salario mínimo, respectivamente.
Con esta decisión alrededor de 3 millones de trabajadores gubernamentales comenzarán a pagar su ISR a partir del próximo 28 de junio por lo que hace a bonos, recompensas económicas y primas vacacionales. De entrada se les descontará el pago de un bono de gratificación que recibirán en las próximas semanas, con lo cual esas percepciones se verán afectadas en alrededor de 32 por ciento.
El máximo tribunal del país determinó que su sentencia entrará en vigor 30 días después de que sea publicado su acuerdo en el Diario Oficial de la Federación; esto es, a partir del próximo 27 de junio.
El ministro ponente del dictamen fue Humberto Román Palacios, y su consideración de sentencia fue aprobada por unanimidad en la sesión de ayer martes.
Pero desde ayer se declaró la invalidez del segundo párrafo de la fracción XI del artículo 109 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002.
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