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México D.F. Lunes 19 de mayo de 2003

Emite recomendación a Reyes Tamez y a los 31 gobernadores

CNDH: ilegal, sancionar a niños que se niegan a hacer honores a la bandera

VICTOR BALLINAS

Las sanciones disciplinarias que se imponen en las escuelas de nivel básico y medio a los alumnos testigos de Jehová que se niegan a rendir honores a la bandera y a entonar el Himno Nacional "son ilegales, discriminatorias y violatorias de sus garantías", sostiene la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Por ello emitió ayer una recomendación general a los 31 gobernadores del país y al secretario de Educación Pública, Reyes Tamez, para que giren instrucciones a las autoridades correspondientes para que se abstengan de aplicar tales medidas.

El ombudsman nacional, José Luis Soberanes, resalta que de junio de 1991 a marzo de 2003 el órgano ha recibido mil 110 quejas en las que se menciona como agraviados a niños que profesan la religión testigos de Jehová; "algunas se refieren a grupos hasta de 50 menores". En promedio cada cuatro días se recibe una por sanciones de autoridades escolares a alumnos que profesan ese credo.

Subraya la CNDH que entre las sanciones destacan expulsión del plantel educativo, negar la inscripción, reprobarlos en la materia de civismo, suspensión temporal y maltratos físicos y sicológicos, "situaciones que se traducen en violaciones de derechos humanos".

La recomendación es la número cinco y consta de cuatro puntos: "que los gobernadores y el titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP) giren instrucciones a las autoridades de cada entidad para que se abstengan de sancionar a los alumnos que por razón de sus creencias religiosas se niegan a rendir honores a la bandera y a entonar el Himno Nacional en las ceremonias cívicas; que se expida una circular en la que se explique al personal docente que estas sanciones son ilegales y que aplicarlas conlleva responsabilidad administrativa.

"Que emitan lineamientos dirigidos a las autoridades educativas, en los que se establezca que la enseñanza es el medio idóneo para transmitir a los alumnos los valores de democracia, convivencia social y derechos humanos, y comprender las diferencias entre los individuos, en específico aquellas que se generan por el ejercicio del derecho a la libertad de creencias religiosas."

Se debe inculcar a los estudiantes el respeto a la diferencia, a la tolerancia

También solicita "que en los planes y programas de estudio se inculque a los educandos el valor de la tolerancia y el respeto a la diferencia, incluyendo la situación de aquellos alumnos que en el ejercicio legítimo de su libertad religiosa se niegan a participar activamente en las ceremonias cívicas para rendir honores a los símbolos patrios, como ejemplo de la práctica de esa libertad".

En las observaciones a las autoridades educativas se resalta que el respeto a los derechos humanos se consigue cuando las autoridades actúan dentro del marco jurídico que las regula; sin embargo, al amonestar a los alumnos testigos de Jehová "están actuando fuera de las competencias que legalmente tienen atribuidas, ya que no existe disposición alguna en la normatividad señalada que prevea una sanción para los casos en que los individuos no rindan honores a los símbolos patrios".

La CNDH sostiene que es ilegal imponer sanciones que representen discriminación y privación de derechos fundamentales, expulsar del plantel educativo o no permitir la inscripción a los alumnos testigos de Jehová porque se nieguen a rendir honores a la Bandera y entonar el himno nacional, "porque ni esas sanciones ni otras" están previstas en la Ley sobre El Escudo, la Bandera y el Himno Nacional. Tampoco en la Ley General de Educación ni en los acuerdos 96, 97 y 98 que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas primarias, secundarias y técnicas.

Precisa la CNDH que las sanciones contempladas en esos ordenamientos se refieren claramente no a la omisión, sino a los casos en que la conducta de los individuos significa falta de respeto a los símbolos patrios, actitud que de ninguna manera presentan los alumnos que profesan la religión antes señalada.

Abunda el organismo nacional que los miembros de esa religión han manifestado a la CNDH, así como a autoridades educativas, que su actitud pasiva en las ceremonias cívicas para rendir honores a los símbolos patrios no implica desprecio por los mismos, sino que atendiendo a lo establecido por su doctrina sólo pueden rendir culto a Dios, por lo que no pueden participar en ninguna ceremonia que tenga por objeto venerar a los símbolos patrios.

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