México D.F. Martes 6 de mayo de 2003
Con bomberos se sentó precedente en materia
laboral: Campos Linas
Exhalta la JLCA la votación democrática
como solución a conflictos intergremiales
SUSANA GONZALEZ G.
La Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA)
sentó un precedente en todo el país en materia de negociaciones
laborales al adoptar por vez primera la votación libre y secreta
para determinar la legalidad o inexistencia de la huelga estallada por
el Sindicato del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal.
Dicha
experiencia servirá para que autoridades laborales de otras entidades
resuelvan los problemas intergremiales mediante la votación democrática
de los trabajadores, pues con ella se fortalecen sus derechos colectivos
y les garantiza mayor libertad para elegir a sus dirigentes sindicales
o decidir si estallan la huelga, expresó en entrevista Jesús
Campos Linas, presidente de la JLCA.
Inclusive mencionó que los presidentes de las juntas
locales de ocho estados -entre ellos Nayarit, Nuevo León, de México
y Sinaloa- ya le han solicitado que organice una reunión a nivel
nacional "para tratar los criterios fundamentales de aplicación
de la ley (para la votación democrática), porque es obvio
que los criterios actuales están mucho muy viciados", dijo al referirse
a las prácticas que existían entre el movimiento obrero y
las autoridades laborales durante los gobiernos priístas.
Al preguntarle si había establecido contacto con
la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para tratar el tema,
Campos Linas comentó las diferencias legales que los separan: "con
ellos no hemos hablado porque ahí hay que hablar de plano con el
secretario del Trabajo (Carlos Abascal), debido a que la ley orgánica
de la junta federal es distinta a la nuestra. En cambio, nosotros somos
autónomos, así lo establece la ley, y la JLCA no puede funcionar
de otra manera porque no podría tomar resoluciones imparciales".
La votación secreta en problemas laborales no ha
sido común en México, pues han predominado los recuentos
por aclamación o a mano alzada en asambleas, donde la opinión
de los trabajadores es abierta y ello se presta a represalias por parte
de las partes patronal y sindical contra aquellos cuyo voto les fue adverso,
dijo Campos Linas.
Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo no establece la
forma en que debe llevarse a cabo una votación gremial -aunque el
artículo 931 señala que debe indicarse el día, hora
y lugar para efectuarla-, y por ello la JLCA se ha manifestado porque sea
mediante voto libre y secreto.
Para ello las autoridades laborales capitalinas se basaron
en la Carta Magna, y aunque la huelga de los bomberos fue el primer caso
donde se concretó dicha propuesta por la disposición del
sindicato y la dirección del organismo, la junta local la ha promovido
en otros conflictos laborales.
"Nosotros tomamos como punto de referencia la Constitución,
que establece que para elegir candidatos de elección popular el
voto debe ser secreto y directo. Desde que estamos en la JLCA -enero de
2001- hemos discutido este problema con los representantes del trabajo
y del capital. Y hemos avanzado, no sin dificultades, para que se establezca
como criterio, porque en ninguna parte del país se ha establecido".
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