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México D.F. Martes 6 de mayo de 2003

Con bomberos se sentó precedente en materia laboral: Campos Linas

Exhalta la JLCA la votación democrática como solución a conflictos intergremiales

SUSANA GONZALEZ G.

La Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) sentó un precedente en todo el país en materia de negociaciones laborales al adoptar por vez primera la votación libre y secreta para determinar la legalidad o inexistencia de la huelga estallada por el Sindicato del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal.

campos_deleg_ksDicha experiencia servirá para que autoridades laborales de otras entidades resuelvan los problemas intergremiales mediante la votación democrática de los trabajadores, pues con ella se fortalecen sus derechos colectivos y les garantiza mayor libertad para elegir a sus dirigentes sindicales o decidir si estallan la huelga, expresó en entrevista Jesús Campos Linas, presidente de la JLCA.

Inclusive mencionó que los presidentes de las juntas locales de ocho estados -entre ellos Nayarit, Nuevo León, de México y Sinaloa- ya le han solicitado que organice una reunión a nivel nacional "para tratar los criterios fundamentales de aplicación de la ley (para la votación democrática), porque es obvio que los criterios actuales están mucho muy viciados", dijo al referirse a las prácticas que existían entre el movimiento obrero y las autoridades laborales durante los gobiernos priístas.

Al preguntarle si había establecido contacto con la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para tratar el tema, Campos Linas comentó las diferencias legales que los separan: "con ellos no hemos hablado porque ahí hay que hablar de plano con el secretario del Trabajo (Carlos Abascal), debido a que la ley orgánica de la junta federal es distinta a la nuestra. En cambio, nosotros somos autónomos, así lo establece la ley, y la JLCA no puede funcionar de otra manera porque no podría tomar resoluciones imparciales".

La votación secreta en problemas laborales no ha sido común en México, pues han predominado los recuentos por aclamación o a mano alzada en asambleas, donde la opinión de los trabajadores es abierta y ello se presta a represalias por parte de las partes patronal y sindical contra aquellos cuyo voto les fue adverso, dijo Campos Linas.

Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo no establece la forma en que debe llevarse a cabo una votación gremial -aunque el artículo 931 señala que debe indicarse el día, hora y lugar para efectuarla-, y por ello la JLCA se ha manifestado porque sea mediante voto libre y secreto.

Para ello las autoridades laborales capitalinas se basaron en la Carta Magna, y aunque la huelga de los bomberos fue el primer caso donde se concretó dicha propuesta por la disposición del sindicato y la dirección del organismo, la junta local la ha promovido en otros conflictos laborales.

"Nosotros tomamos como punto de referencia la Constitución, que establece que para elegir candidatos de elección popular el voto debe ser secreto y directo. Desde que estamos en la JLCA -enero de 2001- hemos discutido este problema con los representantes del trabajo y del capital. Y hemos avanzado, no sin dificultades, para que se establezca como criterio, porque en ninguna parte del país se ha establecido".

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