Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 19 de marzo de 2003
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Sociedad y Justicia

Cámara de Senadores

Rechazan ampliar plazo para obtener doble nacionalidad

ANDREA BECERRIL

La Cámara de Senadores rechazó ayer ampliar el plazo, que vence este jueves, para que quienes optaron por otra nacionalidad recuperen la ciudadanía mexicana mediante un procedimiento de fácil tramitación en consulados y embajadas de México en el extranjero.

En la minuta, los senadores argumentaron que ningún mexicano se verá afectado al vencer el plazo, porque existen otros mecanismos para obtener la nacionalidad. Sin embargo, entre otros requisitos, es necesario que una persona resida en territorio nacional mientras dura el trámite, lo que estaría fuera de las posibilidades de quienes laboran en Estados Unidos.

El pleno del Senado acordó ayer devolver a la Cámara de Diputados la minuta por la que se suprime el plazo de cinco años establecido en la reforma constitucional del 20 de marzo de 1997, conocida como doble nacionalidad, que permitía a quienes hubiesen adoptado otra ciudadanía conservar la nacional.

Esa reforma, por la que se modificaron los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución, estableció un plazo de cinco años para que las personas nacidas en México que hubiesen optado por otra ciudadanía recuperaran la nacional mediante una Declaración de nacionalidad mexicana, que se obtiene al solicitarla en consulados o representaciones diplomáticas nacionales.

Con el propósito de suprimir el plazo de cinco años y dejar ese beneficio de manera permanente, la Cámara de Diputados aprobó en el anterior periodo de sesiones una modificación al artículo cuarto transitorio de la ley de nacionalidad, para que no se restrinja el derecho de los mexicanos en el extranjero a beneficiarse de lo dispuesto en el artículo 37, apartado A de la Constitución, el cual precisa que "ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad".

Las comisiones dictaminadoras en el Senado rechazaron tal minuta, al considerar que "no es suficiente" reformar la fracción primera del artículo cuarto transitorio de la ley de nacionalidad, ya que existe un artículo transitorio en la propia Constitución que establece también un plazo de cinco años para realizar el trámite con el propósito de obtener la declaración de nacionalidad mexicana.

La minuta fue regresada ayer a la Cámara de Diputados, según acordó el pleno senatorial, luego que se aprobó el dictamen en el que los presidentes de las comisiones de Gobernación, Gildardo Gómez Verónica; de Relaciones Exteriores, Fernando Margáin, y de Estudios Legislativos, Fidel Herrera, señalaron que pese a no aprobar la minuta ningún individuo se verá afectado, "ya que existen otros mecanismos para obtener la ciudadanía mexicana, por lo que no se les deja en estado de indefinición".

No obstante, los mecanismos son complicados, porque las personas que tengan otra nacionalidad deberán acogerse a la Ley de Nacionalidad y Naturalización de 1934 y a la Ley de Nacionalidad de 1993 para recuperar la mexicana y deberán residir en territorio nacional todo el tiempo que dure el trámite.

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