Beneficio a sinaloenses
Otorgan 315 amparos por alzas a cuotas de agua potable
JAVIER VALDEZ CARDENAS CORRESPONSAL
Culiacan, Sin., 22 de noviembre. Un tribunal federal otorgó amparos a 315 personas que se opusieron al incremento de cuotas por consumo de agua potable en Culiacán, establecidas en el decreto del 28 de diciembre de 2001, informó Berzahí Osuna Enciso, presidente de la agrupación Juventud Colectivo Prometeo, que asesoró a los inconformes.
Con esta decisión, dijo, la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Culiacán (JAPAC) tendrá que restituirles a los quejosos el pago en exceso que efectuaron desde esa fecha. Tampoco pagarán la cuota de saneamiento de 30 por ciento ni se les aplicará las tarifas actuales mientras siga vigente el decreto del 28 de diciembre de 2001.
En su lugar, seguirán pagando el servicio con las tarifas decretadas en 1998, en tanto que el Quinto Tribunal Colegiado del décimo segundo circuito, órgano judicial que aprobó el amparo, disponga otra cosa.
El argumento central que sirvió para ganar la demanda de amparo, añadió el asesor, fue que el Consejo Directivo de la JAPAC violó la Constitución política federal, puesto que no tiene facultades para establecer tarifas.
Los artículos 115 y 116 de la Carta Magna definen, de manera general, que solamente los congresos locales tienen la atribución de definir los costos por consumo de agua.
Juventud Colectivo Prometeo, conformado por estudiantes de derecho de la Universidad Autónoma de Sinaloa, ya había obtenido otros ocho resolutivos de amparo en mayo pasado, ante el juez de primera instancia, no obstante, las autoridades de JAPAC y la misma Secretaría de Gobierno, según Osuna Enciso, promovieron un recurso de revisión y se fueron a segunda instancia.