Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 30 de octubre de 2002
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Capital

Diputado pevemista reconoce grandes fallas de la ALDF al respecto

Minimiza nuevo Código Penal sanciones y multas contra infractores ambientales

RAUL LLANOS Y GABRIELA ROMERO

El nuevo Código Penal para el Distrito Federal, que entrará en vigencia el 12 de noviembre próximo, disminuye significativamente las sanciones penales y las multas para quienes incurran en delitos ambientales; incluso hay algunos capítulos que fueron eliminados de este ordenamiento.

Ante esa situación, el presidente de la Comisión de Preservación del Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa, Arnold Ricalde, reconoció que "esta fue una de las grandes fallas que cometimos en esta legislatura, pues ahora son más laxas las sanciones. La cuestión -dijo- es que nosotros confiamos ciegamente en lo que aprobaron los diputados (de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia), pues nos dijeron que eso no se iba a tocar".

Entrevistado durante la sesión de ayer de la ALDF, Ricalde de Jager mencionó que esa "es una lección para nosotros, pues tenemos que leer mejor los dictámenes, ya que es preocupante que se bajen las multas y años de prisión. Por eso, ahora haremos lo que esté de nuestra parte para que se queden los delitos ambientales como estaban". Añadió que consultó este asunto con la secretaria de Medio Ambiente del DF, Claudia Sheinbaum, y "ella me dijo que no sabía nada de estas reformas".

Al hacer un comparativo entre el Código Penal vigente y el nuevo texto, se advierte que en el primero se castiga con prisión de cinco a 12 años y multa de 2 mil a 20 mil días a quien "ocupe, use, aproveche o deteriore sin derecho un área natural protegida de la competencia del Distrito Federal o el ecosistema del suelo de conservación", mientras que en el segundo se baja la penalidad de dos a seis años y de manera drástica la multa, para ubicarla en un rango de 100 a 500 días de sanción pecuniaria para el que sólo "deteriore" ese tipo de suelo.

Sobre el tráfico de aves el código actual estipula que "se sancionará con cinco a 12 años de cárcel y 2 mil a 20 mil días de multa", pero a partir del 12 de noviembre se castigará sólo con tres a nueve años y 2 mil días de multa. En cuanto a los empresarios que no usen equipo anticontaminante ni plantas de tratamiento de agua o manejen inadecuadamente sus residuos sólidos, se les disminuirán los días de multa y de 20 mil a 10 mil.

Respecto de las invasiones de áreas naturales protegidas, se eliminó del capítulo de delitos ambientales y se incluyó en el de despojo; además disminuyen los días de multa, al pasar de mil a 20 mil, a mil a 10 mil. No obstante, aquí se incrementan las penas, al pasar de tres meses a seis años, hasta tres a ocho años de cárcel.

Sin embargo, en el nuevo código se elimina el artículo que precisa: "sin perjuicio de lo dispuesto en otros ordenamientos legales, se impondrán de cinco a 12 años de prisión y multa de mil a 20 mil días al que venda los predios situados en áreas naturales protegidas, suelo de conservación, zonas forestales, bosques, parques, áreas verdes en suelo urbano o barrancas".

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