Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 3 de octubre de 2002
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Capital
Los fallos de la Corte sobre dos controversias panistas así lo demuestran, señala

Avanza en los hechos la reforma del DF: Luege
 
Rechaza el líder blanquiazul la extraña alianza entre tricolores y verdes para cancelarla

BERTHA TERESA RAMIREZ

El dirigente del PAN en la capital, José Luis Luege Tamargo, consideró que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a las controversias interpuestas por los delegados panistas en Benito Juárez y Miguel Hidalgo, mediante las cuales se reconoce que los jefes delegacionales no son subordinados jerárquicos del jefe de Gobierno y, por lo tanto, tienen facultades para iniciar controversias contra actos del Ejecutivo local, constituyen un avance de hecho en la reforma política para el Distrito Federal.

Luego de manifestar su rechazo a la "extraña alianza" que establecieron en el senado de la República el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México para cancelar la reforma política, Luege dijo que afortunadamente "la Suprema Corte ha reconocido de facto lo que nosotros hemos luchado por la vía legislativa".

En conferencia de prensa, agregó que los delegados de Acción Nacional han sentado diversas controversias contra el mandatario local, de las cuales dos se han resuelto y han tenido como resultado: primero, que los jefes delegacionales tienen facultades para iniciar juicios contra el Ejecutivo local, y segundo, "que las jefaturas delegacionales son órganos originarios de gobierno y, por lo tanto, tienen autonomía de gestión presupuestal".

En su oportunidad, el delegado José Espina mencionó que las controversias constitucionales se promovieron a partir de que el jefe de Gobierno "pretendió dirigirse como superior jerárquico de los jefes delegacionales, pasando por alto las disposiciones de la Constitución política establecidas de manera puntual en el ar-tículo 122, lo que resultó en agravio de los ciudadanos del DF, que eligieron a los jefes delegacionales mediante voto universal, libre, secreto y directo".

Indicó que el mandatario capitalino alegó -sin éxito- en las controversias, que los jefes delegacionales no podían promover juicios ante la Suprema Corte porque se encontraban subordinados a la jefatura de Gobierno, de manera particular adscritos a la Secretaría de Gobierno, y por tal motivo no podían ser órganos originarios de gobierno.

El delegado consideró que el significado de la resolución "es sin lugar a dudas un avance para la reforma política del DF y un reconocimiento a la autonomía, atribuciones y facultades de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales como las autoridades más cercanas a la ciudadanía".

Agregó que el reto que ahora tiene el PAN en la Asamblea Legislativa, así como en el Congreso de la Unión, es plasmar tanto en el Estatuto de Gobierno, como en la Ley Orgánica de la Administración Pública y en todas las demás leyes que regulan al DF, las resoluciones establecidas por la Suprema Corte.

Por su parte, Arne aus den Ruthen Haag dijo que tras la resolución de la Corte "pasamos de ser gerentes de sucursal de la ciudad de México a convertirnos a niveles de gobierno autónomos".

De acuerdo con información publicada en La Jornada en agosto pasado, sobre las resoluciones de la SCJN a las controversias establecidas por ambos jefes delegacionales, la más alta instancia jurisdiccional del país declaró fundada pero improcedente la controversia constitucional interpuesta por la delegación Miguel Hidalgo, en la que se impugnaba la creación de la Unidad de Bosques Urbanos del DF, y la decisión de que la administración del Bosque de Chapultepec fuera de competencia del gobierno central y no del delegacional.

Respecto a la controversia establecida por la delegación Benito Juárez contra el jefe de Gobierno, y de la Secretaría de Gobierno del DF en contra de la resolución administrativa del 18 de septiembre de 2001, que impidió la clausura de una preparatoria del gobierno capitalino ubicada en esa demarcación, la cual había sido ordenada por la autoridad delegacional, la demanda fue desechada porque la delegación impugnó la autoridad del jefe de Gobierno, cuando la autoridad responsable era el secretario de Gobierno.

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