Destacan rectoría del Estado en prestación
del servicio
Supera plan eléctrico de Fox al de Zedillo:
asesores legislativos
CIRO PEREZ SILVA
En un documento elaborado por asesores de diferentes partidos
en la Cámara de Diputados sobre las iniciativas de reforma al sector
eléctrico de Vicente Fox y Ernesto Zedillo, se advierte que la primera
"contiene aspectos positivos que superan por mucho" el texto que envió
al Congreso el ex presidente.
Uno de los aspectos que destaca el análisis es
que en la iniciativa presentada por Fox se mantiene como "rector y responsabilidad
exclusiva del Estado" la prestación del servicio público
de energía eléctrica, a diferencia de la iniciativa zedillista,
que proyectaba como actividad reservada a la nación sólo
el "control de la red nacional de trasmisión de electricidad".
De acuerdo con los asesores, reservar al Estado mexicano
la prestación del servicio público de energía eléctrica
fragmenta el mercado y permite que existan dos tipos de usuarios: los pequeños
y medianos consumidores, que serían las pequeñas y medianas
empresas, casas habitación, así como el alumbrado público,
y mantiene en otra parte del mercado a los grandes consumidores, para los
cuales existirían las nuevas empresas generadoras de electricidad
que convendrían con ellos sus contratos de abastecimiento.
El esquema propuesto permitiría que los nuevos
generadores privados otorgaran el servicio a los pequeños consumidores
sólo en caso de que las tarifas que se cobraran fuesen iguales o
inferiores a las que mantiene la Comisión Federal de Electricidad
(CFE). Explican que en este contexto, a diferencia de la propuesta zedillista,
no existiría un "mercado eléctrico" al cual tendrían
que acudir productores y consumidores a vender el "fluido", por lo que
el impacto en las tarifas de los hogares no tendría que ser negativo,
ya que el costo para ellos continuaría dependiendo del monto del
subsidio a ser aprobado por la Cámara de Diputados.
Señalan en el documento que la iniciativa foxista
pretende otorgar mayor autonomía a la Comisión Federal de
Electricidad (CFE), para lo cual sería un requisito indispensable
que ésta tenga un régimen tributario similar a la de cualquier
empresa privada, a efecto de que pudiese contar con recursos suficientes
que le permitieran crecer y modernizarse con la finalidad de poder competir
con las empresas nuevas que entrarían al mercado.
Consideran, sin embargo, que debería hacer más
explícito el concepto de "servicio público" que contiene
la iniciativa foxista, "qué incluye y qué excluye, cómo
se va a garantizar la autonomía de la CFE, qué se va a hacer
con las prestaciones de los trabajadores sindicalizados, cómo se
va a garantizar la competitividad de la ahora paraestatal".
Precisa que el "punto nodal" de la propuesta presidencial
para que esta apertura no se convierta en una privatización "no
es el cambio constitucional", sino la manera como se garantiza la competitividad
de la CFE y cómo se llevará a cabo su restructuración,
incluyendo el órgano de gobierno, su régimen fiscal y política
tarifaria.
Cambios a la Constitución
Los asesores reconocen que uno de los aspectos que más
polémica han causado es la modificación a los artículos
27, sexto párrafo, y 28, cuarto párrafo, de la Constitución.
Hasta el momento el PRI y el PRD han manifestado su desacuerdo a cualquier
modificación de tales preceptos, pero aun cuando la iniciativa del
Ejecutivo fuese rechazada, el Congreso de la Unión debería
trabajar en la modificación de dichos artículos, particularmente
en el 27, luego del fallo de la Corte.
Recuerdan que en 1992 se hicieron reformas a la Ley del
Servicio Público de Energía Eléctrica, por las que
los particulares pudieron participar en la generación mediante esquemas
de autoabastecimiento, cogeneración y producción independiente
de energía eléctrica; de hecho en la actualidad ya opera
un número muy importante de empresas de generación en el
sistema eléctrico nacional, a tal grado que del total de la capacidad
instalada en México, 45 mil 534 megavatios, 10.6 por ciento, es
decir, 4 mil 647, son producidos por independientes, autoabastecimiento
y/o cogeneración.
Sin embargo, precisan, el artículo 27 de la Constitución,
que es una ley de orden superior a la del servicio público de energía
eléctrica, señala: "Corresponde exclusivamente a la nación
generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer de energía
eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio
público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los
particulares y la nación aprovechará los bienes y recursos
naturales que se requieran para dichos fines".
Lo anterior quiere decir que el Estado no puede concesionar
a ningún particular bajo ninguna ley o concepto la generación
de energía eléctrica, lo que haría inconstitucional
el 10 por ciento de la energía que actualmente se produce, mencionan
los asesores partidistas en la Cámara.