Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Martes 25 de junio de 2002
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Capital

Ratifican magistrados la suspensión provisional contra la aplicación de ley mercantil

Pierde Ebrard en tribunal queja contra Banamex

Consideraron improcedente por extemporáneo el recurso presentado por el titular de la SSP

JESUS ARANDA

La presentación de un recurso de queja extemporáneo de parte del secretario de Seguridad Pública capitalino, Marcelo Ebrard, abrió la puerta para que el decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa confirmara la suspensión provisional a favor de todas las sucursales de Banamex, en contra de la aplicación de la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.

El 31 de mayo pasado, el juzgado séptimo de distrito en materia administrativa resolvió a favor de Banamex, al decretar la suspensión provisional en contra de la aplicación de la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal (publicada el 14 de mayo pasado), así como de la aplicación del programa de revisión, verificación y auditoría a las sucursales bancarias, oficinas y cajeros automáticos que llevaran a eventuales órdenes y acuerdos que clausuraran o impidieran el funcionamiento de dichos establecimientos bancarios.

La suspensión incluyó también la protección de la justicia federal en contra de "órdenes y acuerdos para que se sustraigan, confisquen y retiren de las sucursales, oficinas y cajeros automáticos de Banamex los papeles, constancias de depósito, programas de trabajo, contratos y demás documentos papelería inherentes a su funcionamiento."

También en contra de órdenes y acuerdos que le impongan al banco sanciones económicas, o para proporcionarle a los empleados, servidores públicos o elementos de seguridad pública del Distrito Federal "los programas federal de seguridad, claves de acceso, datos confidenciales de los depositantes y clientes, y demás documentos que obren en poder de Banamex, los cuales se encuentran protegidos por el secreto bancario".

La juez séptima, Luz María Díaz Barriga, consideró en su sentencia que con estas disposiciones "no se sigue perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones de interés público, en virtud de que si bien es cierto que la sociedad está interesada en que exista seguridad en las instituciones bancarias".

Lo cierto es que, por medio de la normatividad y las reglas expedidas con relación a las medidas de seguridad impuestas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el Banco de México y la Secretaría de Seguridad Pública Federal..., y por el hecho de que la sociedad está interesada en que la prestación del servicio de banca y crédito se preste de manera oportuna, para que usuarios y cuentahabientes estén en posibilidades de utilizar los servicios bancarios.

En caso de negarse la suspensión "se causarían daños y perjuicios de difícil reclamación a la institución bancaria".

La resolución judicial señala también que de acuerdo con la Ley de Instituciones de Crédito, "las medidas básicas de seguridad de los bancos serán reguladas y vigiladas por la Secretaría de Hacienda, Banco de México y CNBV.

No obstante, se precisa que la suspensión "no limita las facultades de verificación de la autoridad federal competente a fin de vigilar que el servicio de banca y crédito prestado" se otorgue de acuerdo con la ley vigente.

En respuesta, el secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, Marcelo Ebrard, interpuso un recurso de queja en contra de la suspensión provisional a favor de Banamex. El asunto fue turnado al decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

Sin embargo, los magistrados resolvieron que era "innecesario transcribir los agravios del secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal en virtud de que el recurso de queja interpuesto es improcedente por extemporáneo".

La sentencia estableció que la suspensión provisional fue dictaminada el 31 de mayo pasado, y la Secretaría de Seguridad Pública fue notificada el 10 de junio a las 13:30 horas; sin embargo, el recurso de queja fue presentado el 12 de junio a las 12:48 horas ante el juzgado séptimo de distrito.

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