Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 9 de junio de 2002
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Política
Sugiere cambiar los artículos 214 y 247 del Código Penal para sancionar a servidores públicos

Propone PRD castigar subejercicio del presupuesto

El próximo miércoles presentará la iniciativa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

ROBERTO GARDUÑO Y CIRO PEREZ

El Partido de la Revolución Democrática presentará en la Comisión Permanente, el miércoles próximo, una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 214 y 247 del Código Penal federal para castigar a los servidores públicos que no cumplan con el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación o que declaren con falsedad cuando comparezcan ante el Congreso de la Unión.

diputados_s08cEl artículo 214 se modificaría en su fracción sexta, que se refiere a que un servidor público comete delito cuando "debiendo ejercer el gasto o los recursos del erario no los destine en los términos autorizados por la Cámara de Diputados, o en su defecto, recorte, transfiera, omita o deje de erogar los recursos públicos autorizados por la propia Cámara de Diputados, con base en el presupuesto autorizado en el año de ejercicio correspondiente".

Esa adición también se enfoca a que los recortes y las transferencias del presupuesto federal no podrán afectar el gasto de inversión en salud, educación, desarrollo social, protección y cuidado del medio ambiente, ni las asignaciones y participaciones en las entidades federativas; en todo caso se efectuarán en los ramos correspondientes a comunicación social, al gasto corriente en los servicios personales, a la oficina de la Presidencia de la República y entidades y dependencias del gobierno federal, así como organismos descentralizados.

El diputado Tomás Torres Mercado, del partido del sol azteca, elaboró la iniciativa que se llevará a la tribuna en la Comisión Permanente. Para el castigo o procedimiento penal contra el o los funcionarios públicos por la conducta antes descrita, "bastará con la opinión que emita la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública o del órgano técnico especializado en fiscalización de la Cámara de Diputados, o por la mayoría simple de los miembros presentes en el pleno de ese órgano, en donde se expresen las razones y los fundamentos legales del ejercicio indebido del presupuesto federal.

A quien cometa esas faltas se le impondrán de dos a siete años de prisión, multa de 30 a 300 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal al momento de cometer el delito, y destitución e inhabilitación de dos años a siete meses para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Para el artículo 247 se contempla que se impondrán de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 300 días de salario mínimo: "al secretario de Estado, subsecretario, oficial mayor, director general o equivalente, director de entidad o dependencia del gobierno federal que comparezca ante alguna de las cámaras del Congreso federal, en pleno, comisión, subcomisión o reunión de trabajo y rinda informes falsos o discordantes con la información contenida en archivos oficiales o datos publicados por los medios de comunicación, en los que se cite como fuente a alguna entidad o dependencia del gobierno federal".

Para proceder penalmente contra los funcionarios cuya responsabilidad se presuma bastará con la opinión que emita la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, o del órgano técnico especializado en fiscalización del mismo recinto, o por la mayoría simple de los miembros presentes en el pleno, donde se expresen las razones y los fundamentos legales de la procedencia de la acción legal.

Argumentos del sol azteca

En la exposición de motivos de la iniciativa se destaca que las actividades realizadas por los servidores públicos son fundamentalmente en el manejo de los recursos, cuya responsabilidad les encomienda la sociedad: "Las autoridades encargadas de la administración de los recursos públicos no actúan en un vacío social, se enfrentan a un conjunto de restricciones legales, políticas y económicas. Sin embargo, éstas han resultado insuficientes frente al cumplimiento de los objetivos y los compromisos adquiridos por las autoridades. En la administración pública algunos funcionarios cometen actos ilegales al tomar ventaja de sus posiciones, y sin embargo, la corrupción no solamente se ciñe a estos actos, sancionados por la ley, sino que también se refiere a prácticas que no están tipificadas penalmente, pero que son rechazadas desde la perspectiva moral, y el ejemplo es que tenemos el desvío de recursos a fines distintos de los que fueron aprobados".

La argumentación del PRD aborda la actitud del Estado mexicano, porque debe adecuarse a los nuevos tiempos que exigen mayor transparencia y claridad en la relación entre los poderes públicos. Ese cambio implica redefinir las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo para responder a las demandas y los derechos de la sociedad. Respecto a los recortes en el gasto público la explicación de las penas propuestas señala:

"Justificarse con la idea de mantener un déficit bajo no es válido cuando la gente resiente la escasez de recursos. La sociedad actual tiende a contemplar esos crímenes con indulgencia, se favorece a ciertos grupos de la alta burocracia y se deja de atender a la población más necesitada del país. No debemos permitir que los funcionarios estén impunemente aplicando medidas que dañen a la sociedad."

Por su parte, el coordinador del PRD en la Cámara de Diputados, Martí Batres, propuso una modificación que tiene que ver con la ejecución de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos. Esta se refiere a que la diferencia de ingresos presentada durante el ejercicio fiscal se informará a la Cámara de Diputados en un plazo de 45 días posteriores a la citada variación.

Cuando se presenten ingresos superiores a los previstos, se informará en el mismo plazo señalado para su asignación presupuestal, y "el Ejecutivo federal no podrá disminuir el monto asignado en el decreto de Presupuesto de Egresos para el gasto destinado a educación, seguridad social, desarrollo rural, entidades federativas, municipios e inversión pública".

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
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