Sugiere cambiar los artículos 214 y 247
del Código Penal para sancionar a servidores públicos
Propone PRD castigar subejercicio del presupuesto
El próximo miércoles presentará
la iniciativa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión
ROBERTO GARDUÑO Y CIRO PEREZ
El Partido de la Revolución Democrática
presentará en la Comisión Permanente, el miércoles
próximo, una iniciativa que reforma y adiciona los artículos
214 y 247 del Código Penal federal para castigar a los servidores
públicos que no cumplan con el ejercicio del Presupuesto de Egresos
de la Federación o que declaren con falsedad cuando comparezcan
ante el Congreso de la Unión.
El
artículo 214 se modificaría en su fracción sexta,
que se refiere a que un servidor público comete delito cuando "debiendo
ejercer el gasto o los recursos del erario no los destine en los términos
autorizados por la Cámara de Diputados, o en su defecto, recorte,
transfiera, omita o deje de erogar los recursos públicos autorizados
por la propia Cámara de Diputados, con base en el presupuesto autorizado
en el año de ejercicio correspondiente".
Esa adición también se enfoca a que los
recortes y las transferencias del presupuesto federal no podrán
afectar el gasto de inversión en salud, educación, desarrollo
social, protección y cuidado del medio ambiente, ni las asignaciones
y participaciones en las entidades federativas; en todo caso se efectuarán
en los ramos correspondientes a comunicación social, al gasto corriente
en los servicios personales, a la oficina de la Presidencia de la República
y entidades y dependencias del gobierno federal, así como organismos
descentralizados.
El diputado Tomás Torres Mercado, del partido del
sol azteca, elaboró la iniciativa que se llevará a la tribuna
en la Comisión Permanente. Para el castigo o procedimiento penal
contra el o los funcionarios públicos por la conducta antes descrita,
"bastará con la opinión que emita la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública o del órgano técnico especializado
en fiscalización de la Cámara de Diputados, o por la mayoría
simple de los miembros presentes en el pleno de ese órgano, en donde
se expresen las razones y los fundamentos legales del ejercicio indebido
del presupuesto federal.
A quien cometa esas faltas se le impondrán de dos
a siete años de prisión, multa de 30 a 300 veces el salario
mínimo vigente en el Distrito Federal al momento de cometer el delito,
y destitución e inhabilitación de dos años a siete
meses para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Para el artículo 247 se contempla que se impondrán
de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 300 días
de salario mínimo: "al secretario de Estado, subsecretario, oficial
mayor, director general o equivalente, director de entidad o dependencia
del gobierno federal que comparezca ante alguna de las cámaras del
Congreso federal, en pleno, comisión, subcomisión o reunión
de trabajo y rinda informes falsos o discordantes con la información
contenida en archivos oficiales o datos publicados por los medios de comunicación,
en los que se cite como fuente a alguna entidad o dependencia del gobierno
federal".
Para proceder penalmente contra los funcionarios cuya
responsabilidad se presuma bastará con la opinión que emita
la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara
de Diputados, o del órgano técnico especializado en fiscalización
del mismo recinto, o por la mayoría simple de los miembros presentes
en el pleno, donde se expresen las razones y los fundamentos legales de
la procedencia de la acción legal.
Argumentos del sol azteca
En la exposición de motivos de la iniciativa se
destaca que las actividades realizadas por los servidores públicos
son fundamentalmente en el manejo de los recursos, cuya responsabilidad
les encomienda la sociedad: "Las autoridades encargadas de la administración
de los recursos públicos no actúan en un vacío social,
se enfrentan a un conjunto de restricciones legales, políticas y
económicas. Sin embargo, éstas han resultado insuficientes
frente al cumplimiento de los objetivos y los compromisos adquiridos por
las autoridades. En la administración pública algunos funcionarios
cometen actos ilegales al tomar ventaja de sus posiciones, y sin embargo,
la corrupción no solamente se ciñe a estos actos, sancionados
por la ley, sino que también se refiere a prácticas que no
están tipificadas penalmente, pero que son rechazadas desde la perspectiva
moral, y el ejemplo es que tenemos el desvío de recursos a fines
distintos de los que fueron aprobados".
La argumentación del PRD aborda la actitud del
Estado mexicano, porque debe adecuarse a los nuevos tiempos que exigen
mayor transparencia y claridad en la relación entre los poderes
públicos. Ese cambio implica redefinir las relaciones entre el Ejecutivo
y el Legislativo para responder a las demandas y los derechos de la sociedad.
Respecto a los recortes en el gasto público la explicación
de las penas propuestas señala:
"Justificarse con la idea de mantener un déficit
bajo no es válido cuando la gente resiente la escasez de recursos.
La sociedad actual tiende a contemplar esos crímenes con indulgencia,
se favorece a ciertos grupos de la alta burocracia y se deja de atender
a la población más necesitada del país. No debemos
permitir que los funcionarios estén impunemente aplicando medidas
que dañen a la sociedad."
Por su parte, el coordinador del PRD en la Cámara
de Diputados, Martí Batres, propuso una modificación que
tiene que ver con la ejecución de la Ley de Ingresos y el Presupuesto
de Egresos. Esta se refiere a que la diferencia de ingresos presentada
durante el ejercicio fiscal se informará a la Cámara de Diputados
en un plazo de 45 días posteriores a la citada variación.
Cuando se presenten ingresos superiores a los previstos,
se informará en el mismo plazo señalado para su asignación
presupuestal, y "el Ejecutivo federal no podrá disminuir el monto
asignado en el decreto de Presupuesto de Egresos para el gasto destinado
a educación, seguridad social, desarrollo rural, entidades federativas,
municipios e inversión pública".