Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 6 de abril de 2002
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Política

Miguel Concha

Consensos y disensos

El establecimiento de un nuevo régimen jurídico acorde con los estándares democráticos internacionales, que no dirija ni controle la información en México, sino que busque su accesibilidad y pluralidad, transparentando así con seguridad legal y certeza institucional la relación de los ciudadanos, los medios y los profesionales de la comunicación con el Estado, para el disfrute de ese derecho social fundamental, consagrado por el artículo sexto de la Constitución, es indudablemente una de las asignaturas pendientes para la transición democrática y el establecimiento de un verdadero estado de derecho.

Además de la voluntad política de las autoridades, para ello se requiere un consenso entre el Estado, los medios de comunicación y la sociedad. Por ello la reglamentación abierta de la actividad informativa del Estado, para garantizar de manera rápida, completa, eficiente y gratuita el ejercicio de ese derecho humano fundamental, así como el establecimiento de un nuevo régimen sobre la responsabilidad social de los medios electrónicos, son algunos de los próximos temas urgentes del Congreso de la Unión.

Actualmente la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados elabora un proyecto de decreto de ley federal de acceso a la información pública y transparencia, en el que ya se ha detectado 98 por ciento de coincidencias entre las tres iniciativas de ley que le fueron previamente presentadas: la del diputado perredista Luis Miguel Barbosa, la del Poder Ejecutivo y la elaborada por un amplio grupo de instituciones académicas y medios de comunicación de distintas partes del país, suscrita desde diciembre pasado por las fracciones parlamentarias de PRI, PRD, PVEM y Convergencia por la Democracia. Se han encontrado sin embargo tres divergencias significativas entre las dos últimas, que conviene que la comisión y el pleno de la cámara resuelvan, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar el derecho constitucional de la ciudadanía a la información de una manera más amplia, segura, democrática y confiable.

La primera se refiere a la exigencia de explicar que se trata de una ley reglamentaria del artículo sexto de la Constitución, en lo que se relaciona simplemente con el derecho al acceso a la información pública, con el propósito de garantizar de manera democrática el derecho de acudir inmediatamente a la vía del amparo, sin tener que agotar los recursos administrativos previstos por la ley, cuando alguien considere que se le ha negado injustificadamente el acceso a determinada información pública, y porque de esa manera se deja abierta la posibilidad de legislar en el futuro otras vertientes indispensables del derecho a la información. No se ve por lo demás que existan razones de orden constitucional o legal que impidan hacerlo así, sino todo lo contrario.

La segunda tiene que ver con la conveniencia de que la Cámara de Diputados ratifique a los comisionados del instituto federal de acceso a la información pública designados por el Ejecutivo federal, con el propósito de asegurarle mayor autonomía, imparcialidad y confiabilidad, y porque así lo exigen los estándares internacionales para este tipo de organismos.

La tercera se refiere a la introducción del principio de la afirmativa ficta, que establece la aceptación de la solicitud de información, en el caso de que alguna entidad pública obligada a proporcionarla no lo haga en el tiempo legalmente previsto para ello, y que por lo mismo garantiza de manera más eficiente la posibilidad de acceso a ella, en vez de la negativa ficta, propuesta por la iniciativa del Ejecutivo Federal, que simplemente considera como no aceptada la solicitud de información en el caso mencionado.

Otro es lamentablemente el caso de las negociaciones para la reforma de la Ley Federal de Radio y Televisión, en las que parece que los concesionarios privados quisieran que las cosas siguieran como están, y únicamente están dispuestos a aceptar derechos humanos fundamentales como el de réplica, en los casos en que alguna persona física o jurídica se considere perjudicada en su honor, prestigio o dignidad, por una información, noticia o comentario transmitido a través de esos medios. Como lo informó Jenaro Villamil en La Jornada el martes pasado (p. 10), en las mesas de trabajo rechazan hasta el momento la regulación de contenidos, la revisión del régimen de concesiones, la posibilidad de que las estaciones administradas por organismos públicos y estatales puedan captar publicidad y la creación de una figura adicional a la de concesiones y permisos.

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