Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Viernes 5 de abril de 2002
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Espectáculos

RTC descarta censura: sólo es para información del público, dice Manuel Gómez Morín

Reagrupa Gobernación en seis categorías la clasificación de películas cinematográficas

Van desde las aptas para menores de 7 años hasta las exclusivamente para adultos

Asegura la dependencia que la elaboración de criterios fue plenamente consensada

ALONSO URRUTIA

La Secretaría de Gobernación dio a conocer los criterios para la clasificación de películas cinematográficas, la cual considera seis categorías que van desde las aptas para menores de siete años hasta las que son contempladas como "exclusivamente para adultos" dado el contenido de sexo explícito, lenguaje procaz o alto grado de violencia.

Sin embargo, el director de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), Manuel Gómez Morín sostuvo que debe existir "plena tranquilidad de que no existe censura, lo que hay es un sistema de clasificación para efectos informativos al público".

Ghost Dog 2 En entrevista, comentó que la elaboración de los criterios fue "plenamente consensado" con los sectores involucrados, así como por especialistas, tales como sexólogos y juristas. "Sabemos que no hay documento concreto, pero tratamos de sacar algo que se apegara a lo que nos fue planteado en las consultas".

De acuerdo con los nuevos criterios, las seis categorías que habrá a partir de ahora son: AA, aptas para menores de siete años; A, para menores de 12 años; B, que considera películas para adolescentes entre 12 y 15 años; B-15, para edades mayores a 15 años; C, clasificación para adultos de 18 años en adelante, y D, para adultos.

El documento publicado ayer en el Diario Oficial establece que estos criterios permitirán a RTC "realizar su tarea sin hacer juicio crítico alguno sobre aspectos estéticos, técnicos o ideológios de las obras cinematográficas, tomando en cuenta el tema como su tratamiento".

Gómez Morín puntualizó que en ninguno de los conceptos que se utilizarán para clasificar las películas se habla de que RTC incida en este tipo de aspectos estéticos o ideológicos. "Finalmente, lo que nos interesa es que exista tranquilidad de que no hay censura, sino un sistema de clasificación".

Subrayó que a diferencia de cómo se venía operando hasta ahora, la clasificación se realizaba en función a criterios internos del RTC y no a un documento público en donde todos los sectores interesados pudieran conocer las bases que usaría el organismo para su clasificación.

Cambios, para no afectar el desarrollo de los jóvenes

La publicación señala que la clasificación aprobada establece diferencias, por ejemplo, en el tipo de películas para menores de 18 años, "ya que puede afectar su desarrollo, vulnerando con ello sus derechos". Los menores -añade- tienen derecho a un desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social que les permita estar preparados para una "vida responsable".

La publicación establece una pequeña definición de algunos conceptos, tales como procaz, que deberá entenderse como "desvergonzado, indigno, grosero, bajo o vil; sexo sugerido, conducta sexual insinuada en la narrativa, mas no manifiesta en la película; sexo implícito, conducta sexual manifiesta, mas no ilustrada en las imágenes de la película; sexo explícito, conducta sexualmente manifiesta e ilustrada en las imágenes de la película".

A partir de ello, la clasificación AA, es de películas para niños menores de siete años de edad -etapa en la cual la capacidad de representación simbólica y el lenguaje son limitados y poco organizados, pues sus contenidos no generan desequilibrios en su desarrollo, son de fácil comprensión; no se humilla o denigra a un grupo o individuo; no hay horror ni violencia, como tampoco aparecen escenas sexuales o de consumo de drogas.

En la clasificación A, para todo público, pero especialmente para menores de 12 años -edad donde aún puede haber confusión entre la ficción y la realidad-, se establece que el contenido no debe confundir el desarrollo del menor, y si bien la narrativa tiene cierta complejidad, no se degradan valores humanos. No hay escenas sexuales y los besos y abrazos se dan en contexto afectivo.

En la clasificación B, para adolescentes de 12 años, puede haber un mínimo de horror y secuencias de violencia por un motivo específico y no se encuentra vinculada a conductas sexuales, señalando las consecuencias negativas de la violencia. Las escenas sexuales que se presentan son sugeridas y en un contexto no degradante. En el caso de la desnudez, no es en un contexto erótico ni humillante, no es frecuente y es breve.

La clasificación B15, es para adolescentes mayores de 15 años y tiene como sugerencia en la clasificación que los padres acudan a verla acompañando a sus hijos menores de 15 años, pues es posible que el contenido confunda a quienes no tengan esa edad. La narrativa "puede ser muy compleja o contener escenas que requieren de discernimiento y un cierto nivel de juicio. Puede haber escenas sexuales y de adicción a drogas".

La clasificación C prohibe la entrada a menores de 18 años. Existe narración de hechos detallada, el tratamiento del tema requiere de un nivel de juicio y discernimiento que no tienen los menores de edad, pues puede contener horror detallado, alto grado de violencia, sexo implícito y consumo de drogas, como parte de la historia.

La clasificación D corresponde a aquellas que tienen "como contenido dominante o único sexo implícito, lenguaje procaz o alto grado de violencia".

Extrañamiento a Televisa

Por otra parte, la Secretaría de Gobernación ha enviado dos extrañamientos a la empresa Televisa relacionados con su programa Big Brother, la primera de ellas por haberlo presentado como un programa de concursos sin haber obtenido la autorización de la dependencia. En respuesta, Televisa notificó que no era un programa de concursos, sino que en realidad era una especie de compensación a quien quedará al final del programa. Un segundo extrañamiento fue por la utilización recurrente de malas palabras, principalmente güey, lo cual ya no ocurre con frecuencia.

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