Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 10 de marzo de 2002
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Política
Senadores priístas sustentan en análisis su negativa a ratificar el Estatuto de Roma

Normas de la Corte Penal Internacional se oponen a 11 artículos de la Constitución, señala estudio

De entrada se viola la garantía mexicana de que nadie podrá ser privado de vida, libertad o propiedades, esribe Sadot Sánchez en examen de la bancada del tricolor

 ANDREA BECERRIL

Las disposiciones que rigen a la Corte Penal Internacional (CPI) son incompatibles con 11 artículos de la Constitución, entre ellos los que protegen garantías individuales básicas, entre ellas no ser juzgado dos veces por el mismo delito, el sometimiento a penas "inusitadas y trascendentales", como la prisión a perpetuidad, señala un estudio elaborado por la fracción del PRI en el Senado.

En el documento ?en el que se sustenta la negativa de los legisladores priístas a ratificar el Estatuto de Roma y con ello la jurisdicción de la Corte Penal Internacional? se insiste en que se violaría la Constitución si el Senado aprueba ese instrumento internacional, que sanciona delitos de guerra, de lesa humanidad y genocidio, en los términos en que pretende el gobierno foxista.

Se advierte que, de entrada, el Estatuto de Roma "viola el artículo 14 Constitucional, en el que se enuncia que nadie podrá ser privado de la vida, libertad o propiedades, sino mediante juicio seguido por los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho".

Modalidades de tribunal

En ese estudio -elaborado por Sadot Sánchez Carreño, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado- se señala que hay incompatibilidad con los artículos 21 y 102 constitucionales, toda vez que en los mismos se dispone que la persecución e investigación de los delitos incumbe al Ministerio Público. En el Estatuto de Roma, en tanto, se faculta a un fiscal para efectuar investigaciones en territorio mexicano.

Se contraponen también ordenamientos de la Corte Penal Internacional con el artículo 20 constitucional, cuya fracción tercera otorga al inculpado el derecho para que se le haga saber en audiencia pública y dentro de un plazo de 48 horas el nombre de su acusador y la naturaleza y causa de la acusación.

La CPI, en tanto, oculta información al enjuiciado, ya que el artículo 72 del Estatuto de Roma, dispone que los datos se entregan bajo los procedimientos a puerta cerrada o aparte, cuando sea clasificada, como aquella que afecta la seguridad nacional.

El artículo 23 de la Carta Magna establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, y en el artículo del Estatuto de Roma, se dispone que la corte podrá procesar a quien hubiere sido juzgado dos veces en su país por el mismo delito.

Otra incompatibilidad que los priístas resaltan se da en torno al artículo 22 Constitucional, en el que se prohíben "las penas inusitadas y trascendentales, pues el artículo 77, inciso B del Estatuto de Roma establece la reclusión a perpetuidad, es decir, la cadena perpetua. Ello es grave, se resalta, porque "existen tesis jurisprudenciales que incluso niegan la extradición a países en los que el procesado sufriría este tipo de castigo".

En el documento, sin embargo, los priístas reconocen que al adoptarse el Estatuto de Roma, el 17 de julio de 1998, en Roma Italia, 120 países votaron en favor, siete en contra y 21 se abstuvieron, y naciones como Estados Unidos e Israel emitieron votos para oponerse al establecimiento de la CPI.

En esa ocasión México se abstuvo, pero el 7 de septiembre de 2000 firmó el estatuto y su ratificación está en manos del Senado.

A lo largo de las negociaciones para la aprobación se han distinguido grupos de países con interés común. Cuarenta y dos naciones encabezadas por Canadá y Alemania pugnan por un tribunal totalmente autónomo e independiente, con una jurisdicción universal. Otro grupo, en el que destacan Estados Unidos y Francia, buscan un tribunal dependiente del Consejo de Seguridad de la ONU, con una competencia más limitada.

Es en torno a esta tendencia que los senadores del PRI visualizan que México ratifique la Corte Penal Internacional, a cuya jurisdicción podrían recaer los desaparecidos políticos de los setenta o las matanzas de Acteal y Aguas Blancas.

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