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Ausencia de Batres en SCJN impide frenar discusión a favor de Movistar

Durante una sesión de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Durante una sesión de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Foto Cuartoscuro / archivo
18 de junio de 2025 15:18

Ciudad de México. Con su ausencia, la ministra Lenia Batres Guadarrama impidió este miércoles que se alcanzara el quórum necesario en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con el objetivo de frenar la discusión de un asunto que, afirma, favorecerá a Pegaso PCS, S.A. de C.V. -razón social de Movistar-, para acceder a una deducción fiscal de más de 4 mil 442 millones de pesos. 

Además, la ministra adelantó que solicitará formalmente entre sus compañeros que todos los asuntos fiscales se resuelvan en sesiones públicas del Pleno y no “obscuras” o en privado en sesiones de las salas, las cuales recordó que están a punto de extinguirse, el próximo 1 de septiembre. 

“Tomé la decisión de no acudir ante la insistencia de votar asuntos fiscales de altísimo costo para la hacienda pública. Y, el próximo martes, en la sesión del pleno de la Corte, estaré proponiendo que todos los asuntos fiscales se voten en el Pleno mismo, de manera transparente ante la inminencia de la conclusión del cargo de los actuales ministros”, adelantó en una tarjeta informativa.

La Segunda Sala iba a votar hoy el recurso de reclamación 158/2025 que el ministro ponente, Javier Laynez Potisek, propone se apruebe como fundado, decisión que llevaría a desechar el amparo directo en revisión 1172/2025, lo que en automático le permitiría la cuantiosa deducción a favor de la empresa Pegaso, por concepto de amortización fiscal de gastos diferidos del ejercicio de 2014. 

Según explicó Lenia Batres, la empresa sostiene que se le debe permitir deducir esa suma millonaria porque el impuesto sobre la renta que se le cobró en realidad fue generado por otra compañía del mismo grupo, con la que se fusionó ese año.

Tras la fusión, Pegaso afirma que ya no recibió ingresos del contrato de telecomunicaciones que tenía la otra empresa, y por eso debía descontarse ese monto de su base para calcular impuestos. Sin embargo, el grupo empresarial conservó la concesión vinculada a ese contrato, lo que le siguió generando ganancias.

“El proyecto del ministro Laynez propone no entrar al fondo del asunto, pues afirma que el caso no contiene ningún tema de constitucionalidad, por lo cual la SCJN debería desecharlo, ignorando que el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expresa claramente que es una obligación contribuir a la hacienda pública. La discusión de este asunto se daría hoy, en sesión privada, en la Segunda Sala, a punto de ser extinguida”, señaló.

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