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Proponen reformar Código Civil para erradicar discriminación de personas con VIH

La legisladora emecista, Laura Hernández, explicó que hay de medidas estigmatizan a las personas seropositivas al prejuzgar sobre su capacidad de tener pareja o ser padres y madres.
La legisladora emecista, Laura Hernández, explicó que hay de medidas estigmatizan a las personas seropositivas al prejuzgar sobre su capacidad de tener pareja o ser padres y madres. Foto: Luis Castillo / Archivo
04 de mayo de 2025 17:17

Ciudad de México. Con el objetivo de eliminar escenarios discriminatorios en contra de las personas que viven con VIH, la diputada, Laura Hernández García, propuso una iniciativa para reformar o derogar varios artículos del Código Civil federal que obstaculizan el derecho de esta población a contraer matrimonio y adoptar niños o niñas, o se usan como causales de divorcio.

En entrevista con La Jornada, la legisladora emecista explicó que este tipo de medidas estigmatizan a las personas seropositivas al prejuzgar sobre su capacidad de tener pareja o ser padres y madres, están basadas en prejuicios y prohibiciones, no en información científica ni en el respeto de la voluntad de las personas.

“La propuesta es parte de lo que estoy haciendo para descriminalizar el VIH. Se tuvo que hacer una lucha tremenda para que en la NOM 010 se mencione concretamente que no se debe solicitar como requisito para casarse el no tener VIH, o que ello pueda ser causal de divorcio”, recordó.

Pese a ello, hay diversos fragmentos del Código Civil federal, como la fracción IV del artículo 98, que aún establecen como requisito para contraer matrimonio el tener “un certificado suscrito por un médico titulado que asegure, bajo protesta de decir verdad, que los pretendientes no padecen sífilis, tuberculosis, ni enfermedad alguna crónica e incurable que sea, además, contagiosa y hereditaria”.

La iniciativa de la diputada propone derogar la mencionada fracción, así como la VI del artículo 267, la cual contempla como causal de divorcio el “padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio”.

“Esta es una de las cosas que se tienen que combatir, porque no viene ya al caso tener este tipo de artículos que prohíben, en vez de informar de manera científica y respetar la voluntad de la gente. Aquí lo que importa es la voluntad de la gente para contraer matrimonio y permanecer casadas, no por una cuestión de tener una enfermedad o que no puedas tener cópula”, subrayó.

Luego de enfatizar que debe respetarse el derecho de las personas a ser felices como mejor les parezca, Hernández recordó que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya resolvió que “la mejor forma de proteger la salud de quien desea unirse a otra persona es la información basada en evidencia, y no en las prohibiciones”.


 

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