Ciudad de México. Por mayoría de tres votos contra dos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) autorizó a gobiernos y funcionarios públicos promover la elección judicial.
En una larga discusión, dividida en dos bloques, la presidenta del TEPJF, Mónica Soto, advirtió que el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) - que reclamaba como exclusiva de este órgano la tarea de promoción de los comicios- “pareciera que se está buscando llevar una elección silenciosa”.
La magistrada optó por abrir su participación con sarcasmo:
“Antes de iniciar mi posicionamiento jurídico les voy a decir un secreto: Va a haber elecciones el próximo primero de junio de este año, pero no se lo digan a nadie.
“Pareciera que parte de una las propuestas que están presentándose hoy, estuviera posicionando esta visión. Habrá un proceso electoral…pero no hay que decirlo a nadie. Nadie puede decirlo, sólo el INE”.
En esa posición, de advertir que 'una democracia sin información es una democracia vacía', se colocaron los magistrados Felipe de la Mata (ponente del proyecto de sentencia que acumuló la mayoría de las impugnaciones) Felipe Fuentes y Soto.
En la otra permanecieron Janine Otálora y Reyes Rodríguez, quienes advirtieron que si se permite a integrantes de los tres Poderes de la Unión promover la participación ciudadana de los comicios se afectará la imparcialidad, sobre todo por el potencial uso de recursos públicos.
“Si difunden, habrá la percepción de que promueven las candidaturas que aprobaron”, dijo Rodríguez, en referencia en que en este proceso cada Poder integró un comité de Evaluación y selección de candidaturas.
Por más de dos horas, ambos bloques fijaron posiciones, pero sobre todo - con actitudes corporales y verbales- dejaron en claro que están lejos de limar asperezas.
En el proyecto Rodríguez-Otálora se proponía confirmar el acuerdo del INE para que las personas servidoras públicas no candidatas, autoridades e instituciones públicas no usen recursos públicos para la promoción del voto, la participación ciudadana en la elección ni generen espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas.
La medida, afirmaron los magistrados, tiene como propósito evitar el uso indebido de recursos públicos, y de esa manera garantizar la imparcialidad.
Argumentaron que lo anterior no es una restricción creada recientemente por el INE, sino que se trata de mandato recogido en la ley electoral.
Al contrario, De la Mata dijo que los poderes de la Unión, los poderes estatales, los institutos electorales locales y las personas servidoras públicas sí pueden promover el voto y educar en la participación ciudadana, particularmente en la elección de personas juzgadoras, siempre que se observen los principios de equidad e imparcialidad.
Sostuvo que la judicial es una elección distinta, diferente a la de los otros dos poderes de la unión, de ahí que la nueva contienda no puede atender a los “tabú” de las anteriores.
Consideró que los gobiernos sí pueden hablar sobre el voto y educar a la ciudadanía. “La elección de personas juzgadoras tiene una naturaleza distinta a las elecciones tradicionales de partidos políticos y reglas, por cierto, bastante diferentes”, dijo.
Señaló en principio que los preparativos del proceso involucraron no solo al INE sino a los tres Poderes de la Unión, para la postulación de las candidaturas.
“Esto me lleva a la conclusión de que, en consecuencia, la participación de los Poderes de la Unión, puede incluso habilitarlos a promover el voto y educar en la participación ciudadana.
Ahora, ello no implica que la promoción que lleven a cabo les autorice incurrir en promoción personalizada o hacer uso indebido de recursos públicos, menos aún, a llamar a votar a favor de alguna candidatura, o bien, a emitir expresiones para desfavorecer a otras”.
Por el contrario, añadió De la Mata, su actuación se debe ajustar a los principios de equidad e imparcialidad, de modo que no pueden influir en la contienda electoral más allá de llamar a la ciudadanía a que acudan a votar el día de la jornada electoral de manera neutra e imparcial.
Por tanto, en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
“A ver, el artículo señala lo que se debe y se cumplirá a cabalidad, por lo que esta lectura se hace evidente que la Constitución prohíbe romper con la equidad e imparcialidad en las elecciones”, destacó.
En suma, el proyecto aprobado dejó sin efectos el apartado del acuerdo que establece que el INE es la única autoridad que cuenta con atribuciones para ello.
“La propuesta es clara en establecer que las personas autorizadas podrán informar sobre el proceso electivo, qué material tendrá que ser de naturaleza educativa y enseñar la manera la manera en cómo la ciudadanía podrá emitir su voto el próximo primero de junio”, indicó el ponente.
Es decir, la información difundida no podrá ser libre y sin límites, ni en favor o en contra de candidatura alguna.
“Quiero destacar la posibilidad de promoción de voto y participación ciudadana de carácter educativo, debe seguir algunas directrices que se establecen en el proyecto”.
La primera, que los Poderes de la Unión y de las entidades federativas podrán realizar actividades tendientes a la promoción en el contexto de los actuales procesos electivos y en el ámbito de su competencia.
La segunda, la promoción y difusión no puede dar pie a ningún tipo de propaganda personalizada de proselitismo, ni mencionar, o mostrar imágenes, nombres o cualquier dato que haga identificables a los candidatos o a cualquier partido político, ya sea en favor o en contra. “Solo se puede hacer la promoción con fines didácticos o educativos para esclarecer la forma en la que se podrá emitir el sufragio para cada uno de los cargos, tratándose de spots o propaganda en internet no se puede señalar el poder u órgano que emite la comunicación”.
Insisto, recalcó el magistrado, “no hay una vía libre respecto a que los órganos de autoridad y las personas servidoras públicas en general pueden promover el voto y la participación ciudadana. Esto tendrá que hacerse en cumplimiento a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad, y sigue estando prohibido que favorezcan o perjudiquen a cualquier candidatura, nada de eso cambia”.