Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso fin este lunes a tres años de litigios sobre las reglas para exhibir películas en los cines de México, pues resolvió en definitiva que todas las cintas del séptimo arte pueden ser dobladas al español, pero siempre deben contener subtítulos en ese idioma.
Dicho criterio tendrá que ser acatado por todos los cines en próximas semanas, una vez que se notifique del fallo al Congreso de la Unión.
Con nueve votos contra uno, el Pleno del máximo tribunal del país aprobó una declaratoria general de inconstitucionalidad solicitada por la Primera Sala, la cual eliminó del Artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía la “prohibición implícita” de que sólo puedan ser dobladas al español los filmes clasificados para el público infantil y documentales educativos.
La discusión en el Pleno se presentó porque el Congreso de la Unión hizo caso omiso a la resolución de octubre del 2023 de la Primera Sala sobre un amparo en revisión del 2022, la cual ordenó a los legisladores federales reformar o derogar la norma señalada para corregir dichos vicios de inconstitucionalidad.
“La Primera Sala determinó que el artículo 8º de la Ley Federal de Cinematografía era inconstitucional, toda vez que la obligación consistente en exhibir las películas al público en su versión original y subtituladas al español, excepto por las clasificadas para el público infantil y los documentales educativos, es una medida innecesaria para salvaguardar el respeto irrestricto a la concepción y realización de las películas, además de que es una medida desproporcionada en sentido estricto al limitar la posibilidad de acercarse comercialmente con el sector de la población que no sabe leer, que no lo hace con fluidez o que simplemente no opta por este tipo de presentación, es que se propone emitir la declaratoria general correspondiente”, dijo el ministro ponente, Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Con el fallo del Pleno también se avaló que todas las películas deben ser subtituladas al español, sin importar que el audio sea en el mismo idioma. Lo anterior se impone sobre el criterio de la Segunda Sala que en diciembre del 2023 determinó que la exhibición de películas en español sin subtítulos está permitida, siempre y cuando se exhiba también la misma con subtítulos, en horarios accesibles. El ministro Alberto Pérez Dayán defendió ese criterio.
“La Segunda Sala, en este sentido, fue bastante más abierta permitiendo la posibilidad de exhibirla sin subtítulos mientras la opción pueda darse al mismo tiempo y en las mismas condiciones en otros complejos para evitar que aquellos quienes se distraen puedan tener la tranquilidad de ver la exhibición como se presenta doblada al español”, dijo.
La ministra Margarita Ríos Farjat fue la única del Pleno que votó en contra del proyecto de Pardo.
“A mi manera de ver, que entiende la misma porción normativa no como una prohibición implícita para exhibir películas dobladas al español, fuera de los casos de excepción, sino en el sentido de que todas las películas, sin importar su formato auditivo, pueden estar subtituladas al español, es decir, pudieran estar dobladas y contar con subtítulos al español, esto puede decir el artículo 8o., lo que no sería extravagante si consideramos que los subtítulos son de utilidad para las personas con discapacidad auditiva”, expuso la togada.