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Otorgan amparo a Sindicato Minero contra resolución de JFCA en caso mina San Martín

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Instalaciones de la mina San Martín en imagen de archivo. Foto Cuartoscuro
01 de abril de 2025 17:46

Ciudad de México. Un juzgado de distrito en materia de trabajo otorgó al Sindicato Nacional Minero, que dirige el diputado Napoleón Gómez Urrutia, un amparo que deja insubsistente la determinación de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), que dio “indebidamente” un reconocimiento a la coalición de trabajadores que conformó Grupo México con la cual buscaba romper la huelga vigente desde hace casi 18 años en la mina San Martín, en Sombrerete, Zacatecas.

Nahir Velasco, coordinador jurídico del sindicato, resaltó la relevancia de esta resolución, debido a que “confronta lo dicho por Lorenzo Roel”, panelista mexicano ante el T-MEC y representante del sector empresarial, respecto a que dicha coalición de trabajadores tenía facultades para negociar el Contrato Colectivo de Trabajo.

A mediados de marzo, el Sindicato Nacional Minero anunció que pedirá anular el panel laboral por el caso de la mina San Martín, y solicitará uno nuevo, ya que –a su juicio– el representante del gobierno de México ante esa instancia del tratado comercial de América del Norte (T-MEC), Lorenzo Roel Hernández, actuó de manera “parcial”.

En el amparo resuelto por el juzgado de distrito se establece que es cosa juzgada que el Sindicato Minero “es el único que tiene acción y derecho para actuar en el procedimiento de huelga”.

Asimismo, se señala que se debe dejar insubsistente la resolución incidental dictada el 2 de agosto del 2024, que se dicte otra que únicamente reconozca la personalidad de los representantes del grupo de coaligados y que puntualice que tal reconocimiento no significa de ninguna forma “que tienen acción o derecho para actuar dentro del procedimiento de huelga”.

La huelga estalló el 30 de julio de 2007 por los trabajadores de la sección 201 ante las violaciones a su contrato colectivo y falta de condiciones de seguridad en la mina.

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