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Revoca CJF acuerdo por el que se pedía investigar a Arturo Zaldívar por corrupción

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El ex ministro Arturo Zaldívar en imagen de archivo. Foto Marco Peláez
27 de marzo de 2025 16:15

Ciudad de México. Por mayoría de votos, el  pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) revocó el acuerdo que emitió la ministra Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), por el que ordenó investigar administrativamente a su antecesor, Arturo Zaldívar, así como a ex colaboradores del ministro en retiro por presuntos actos de corrupción, enriquecimiento oculto, vulneración de la independencia del Poder Judicial de la Federación (PJF), al supuestamente presionar a jueces y magistrados para que dictaran resoluciones con la intención de satisfacer intereses personales y de terceros, violencia sexual, cohecho, abuso de funciones y desvío de recursos.

Lo anterior al resolver un recurso de inconformidad promovido por el magistrado Jaime Santana Turral, y determinar que nunca hubo pruebas que lo vincularan con los hechos narrados en una denuncia de carácter anónimo por lo que el CJF cerró el caso. 

El asunto trascendió previo a las campañas de la elección judicial que arrancan el próximo domingo. Sin embargo, el CJF ha mantenido en sigilo el acuerdo.

De dicha resolución emitida el pasado 4 de diciembre, el Pleno del CJF también benefició. A Carlos Antonio Alpízar Salazar, ex Secretario General de la Presidencia del CJF, en contra del acuerdo emitido el 9 de abril del año pasado por Piña Hernández, donde ordenó a la Unidad General de Investigaciones de Responsabilidades

Administrativas de dicha institución, que iniciara una investigación en contra de Arturo Zaldívar, como ex Presidente del CJF y de la SCJN; Carlos Antonio Alpízar Salazar, ex Secretario General de la  Presidencia del CJF; Edgar Manuel Bonilla del Ángel, ex titular del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles; Netzaí Sandoval Ballesteros, ex titular del Instituto Federal de Defensoría Pública; así como Jueces, Magistrados y el magistrado Santana Turral, entre otros impartidores de justicia. 

La decisión de analizar la apertura de una indagatoria de tipo administrativo derivó de una denuncia anónima presentada ante el Pleno del CJF, tras las manifestaciones realizadas por el ex Presidente, Andrés Manuel López Obrador, relativas a la comunicación que tenía con el ministro Arturo Zaldívar para atender problemáticas nacionales y de Estado, supuestamente en favor del Poder Ejecutivo Federal.

El sentido de la resolución del Pleno del CJF fue revocar dicho acuerdo de la Ministra Norma Piña y en consecuencia se desechó la denuncia anónima por notoria improcedencia, dejando insubsistentes todas las actuaciones dentro de la investigación y se ordenó a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas se archive de manera total y definitiva del expediente.

La decisión emitida por el Pleno del CJF fue por mayoría de 4 votos a favor de las Consejeras y Consejeros Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Celia Maya García y Sergio Javier Molina Martínez y con 3 votos en contra el voto de la Consejera Lilia Mónica López Benítez, del Consejero José Alfonso Montalvo

Martínez y de la Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández, quien anunció voto particular. 

De acuerdo con fuentes, el ponente del proyecto de resolución fue el consejero Montalvo Martínez, quien pretendía resolver como improcedente el recurso, sin embargo, derivado de la votación de la mayoría se le instruyó para modificar el engrose de la resolución y adecuarla a la determinación del Pleno del CJF.

Investigación ordenada por Piña se dio ante denuncia anónima

La resolución del Pleno del CJF partió del agravio formulado por el recurrente, que consiste en que la investigación ordenada por la ministra Piña se dio ante una denuncia anónima que tuvo que haber sido desechada de plano de acuerdo al artículo 132 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas, por carecer de circunstancias indiciarias suficientes para determinar la existencia de la falta administrativa y la presunta responsabilidad del servidor público o del particular en la comisión de la falta pública.

La resolución emitida por el Pleno del CJF estableció que del análisis de la denuncia se desprendió que las manifestaciones y circunstancias descritas en estas son genéricas, por lo que no logran referir circunstancias indiciarias de tiempo, modo y lugar suficientes que justifiquen la existencia de la falta administrativa y la presunta responsabilidad del servidor público, así como la admisión a trámite de la denuncia anónima, aunado a que no se ofrecieron diversos datos o medios de prueba que la soporten.

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