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Tumba Corte permiso a policías de BC para portar armas fuera de servicio

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La SCJN declaró inconstitucional que los policías de Chihuahua puedan portar su arma de fuego estando fuera de servicio. Foto Cuartoscuro/Archivo
24 de marzo de 2025 15:16

Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes inconstitucional que los policías de Baja California puedan portar su arma de fuego estando fuera de servicio, como les autorizó el Congreso del Estado a través de una reforma promulgada el 25 de septiembre del 2023; los ministros consideraron que el legislador local se atribuyó facultades exclusivas del Congreso Federal.

Durante su sesión pública, el máximo tribunal avaló por unanimidad de ocho votos el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo que invalidó los cambios que el Congreso de Baja California hizo en 2023 al artículo 46 de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana del estado y que otorgaba dicho permiso a los policías de la entidad, bajo ciertos requisitos.

“Es decir, el legislador de Baja California, en nuestra opinión extiende los efectos de la licencia colectiva a un espacio ajeno a la razón fundamental por la que se concede en términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que es precisamente el ejercicio de las funciones de seguridad pública lo que en todo caso no es posible por quien la expide, sino que es potestad del legislador federal”, dijo Pardo.

La citada reforma fue impugnada por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República bajo el argumento que desde noviembre del 2019 la federación tiene la facultad de regular lo inherente a la portación y uso de armas de fuego en el ejercicio de la función de seguridad.

El fallo de la Corte declaró la invalidez de la reforma a dicho artículo y surtirá efectos a partir de la notificación de la resolución al Congreso de Baja California.

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