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Batea la SCJN tres recursos de Salinas Pliego

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La SCJN rechazó tres recursos legales ligados al empresario Ricardo salinas Pliego. Foto Roberto García Ortiz / Archivo
20 de marzo de 2025 08:05

Ricardo Salinas Pliego recibió ayer tres reveses de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a diferencia de la semana pasada cuando una mayoría de ministros le dio la razón al declarar impedida a la ministra Lenia Batres Guadarrama de conocer uno de los juicios que el magnate ha promovido ante este máximo tribunal.

En sesión, la segunda sala rechazó por unanimidad tres recursos legales ligados al empresario. Uno es el impedimento 7/2025 que promovió Grupo Elektra con el que pretendía que los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y la ministra Loretta Ortiz Ahlf no participen en la resolución del recurso de reclamación 616/2024 en análisis de la primera sala, relacionado al juicio de amparo directo en revisión en el que Salinas Pliego impugnó un crédito fiscal en su contra por más de mil 431 millones de pesos.

En el proyecto aprobado del ministro Javier Laynez Potisek, la Corte también decidió imponer a la empresa una multa que iría de 30 a 300 días de salario, al determinar que existen elementos suficientes que demuestren que la promoción de la recusación de Elektra fue dirigida a entorpecer o dilatar el procedimiento en cuestión (el amparo), según el artículo 250 de la Ley de Amparo.

Se impone multa a la promovente, en términos del considerando quinto de la presente resolución, señala la sentencia.

El segundo asunto rechazado fue el recurso de reclamación 31/2025 también promovido por Grupo Elektra, en contra del desechamiento en la Corte de otro impedimento que promovió contra la ministra Loretta Ortiz.

Y el tercer asunto desechado fue el recurso de reclamación 676/2025 de Salinas Pliego, que impugnó el acuerdo de la Presidencia de la segunda sala del 9 de diciembre del año pasado, que acordó turnar a la ministra Lenia Batres el impedimento 45/2024, el cual finalmente fue desechado la semana pasado al ser declarada impedida para conocer el juicio de amparo en revisión contra facultades de la UIF.

La misma sala también determinó devolver dos expedientes a tribunales colegiados para que sean revisados nuevamente por esas instancias y se dicte una nueva sentencia o se confirme la misma.

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