Mazatlán, Sin. El Congreso local aprobó este miércoles por unanimidad el Decreto del Congreso de la Unión que contiene reformas y adiciones diversas a la Constitución Política de México en materia de no relección y nepotismo electoral.
El Decreto aprobado prohíbe la reelección inmediata para los cargos de diputaciones, senadurías, presidencia de la República, gubernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.
Establece la constitucionalización del "nepotismo electoral", al señalar como requisito que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
En un artículo transitorio se establece que la prohibición de nepotismo electoral será aplicable a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales a celebrarse en 2030, y la prohibición de relección de las personas servidoras públicas tendrá efecto en los procesos electorales federales y locales de ese año.
Precisa que, en consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos públicos a que hace referencia la reforma, no podrán postularse para procesos de relección.
Además, la Federación, entidades federativas y la Ciudad de México deberán adecuar sus Constituciones y demás ordenamientos correspondientes en un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.