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Por transición en el PJ, SCJN reducirá sesiones públicas

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una contradicción de criterios sustentada entre sus Salas, determinó que la interrupción del plazo de prescripción de las facultades de la autoridad para fincar responsabilidades implica detener la continuidad de su cómputo y reservar el tiempo que ha transcurrido para que, en su caso, se reanude por el lapso remanente. Foto Cuartoscuro
04 de marzo de 2025 15:17

Ciudad de México. El número de sesiones públicas en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se reducirán al mínimo en los próximos meses para alistar la transición en el máximo tribunal que ordenó la reforma judicial, acordó este martes el pleno de los ministros en sesión privada.

De acuerdo con fuentes del alto tribunal, a partir de abril y mayo, el pleno celebrará sólo dos sesiones ordinarias (lunes y martes) por semana y no tres, como ha operado en los últimos años. Mientras, a partir de junio y hasta agosto sesionarán solo una vez a la semana.

También, a partir de junio próximo, la primera y la segunda Sala de la Corte, en las que se discuten el mayor número de asuntos, sesionarán públicamente sólo una vez cada 15 días (los días miércoles) y no una vez por semana.

El acuerdo que comenzó a ser discutido en privado por el pleno desde el pasado lunes fue aprobado este martes, pese a los votos en contra de las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.

El objetivo de reducir las sesiones, señalaron las fuentes, es que los ministros cuenten con el tiempo suficiente para alistar la entrega-recepción de los asuntos de la SCJN a la futura integración del los nueve ministros elegidos por el voto popular que conformarán el Pleno a partir del 1° de octubre de este año.

Entre los pendientes, los ministros tendrán que concluir los engroses (sentencias definitivas) de los asuntos ya resueltos y las tesis de jurisprudencia, para que éstos puedan entrar en vigor; además, deberán tener listos otros asuntos de carácter judicial y administrativo.

El artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala: "Las sesiones ordinarias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se celebrarán dentro de los períodos a que alude el artículo 3 de esta ley, en los días y horas que el mismo fije mediante acuerdos generales”.

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