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Advierte INE a candidatos al PJ prohibición de propaganda adelantada

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El INE advirtió a los candidatos, particularmente a los que ya son integrantes del Poder Judicial, que deben abstenerse de realizar actos de propaganda. Foto Cristina Rodríguez/Archivo

26 de febrero de 2025 16:13

Ciudad de México. El Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió a los candidatos, particularmente a los que ya son integrantes del Poder Judicial, que deben abstenerse de realizar actos de propaganda, no solo por principios legales sino morales, de ética del servicio público.

Las campañas tienen una duración de 60 días, a partir del 30 de marzo próximo, y no hay periodo de precampaña. La ley electoral indica que una infracción de esta naturaleza puede ser sancionada desde amonestación y multa hasta la suspensión o cancelación del registro.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE abrió un procedimiento especial sancionador porque el 25 de febrero se identificó un menaje del presidente de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Luis Espíndola Morales, quien es candidato a un lugar en la Sala Superior de esta máxima instancia de decisión en la materia.

La publicación, retirada por el propio autor, difundía el modelo de la boleta para dicha elección, en la cual él aparece enlistado con el número 8 y hacía referencia a ello, lo que podría constituir actos anticipados de campaña.

En el proyecto de la Comisión se propuso de manera inicial declarar procedente dictar la medida cautelar, bajo el argumento de que la publicación pudiera ser un posicionamiento anticipado y poner en riesgo el principio de equidad que debe privilegiarse en todo proceso electoral.

Lo anterior porque “de un análisis preliminar, los elementos que integran la publicación en su conjunto pudieran constituir un llamado al voto en beneficio del denunciado, pues aun cuando de esta no se desprenden frases que inviten directamente a votar por la persona, de forma implícita pretende que la ciudadanía lo ubique en la boleta electoral”.

La publicación fue retirada por el magistrado Espíndola el mismo día en que se detectó, de ahí que el proyecto cambió de declarar la medida de procedente a improcedente, por tratarse de hechos consumados.

Sin embargo, prevalecieron los mensajes de advertencia sobre este tipo de acciones.

En principio, el consejero Arturo Castillo señaló que no es la primera vez que esta Comisión detecta presuntos actos anticipados y luego los mensajes son bajados de las redes sociales pero esta publicación queda para siempre, cuando alguien la replica, por lo que “el daño ya está hecho”, aun cuando el debido proceso indique que no se puede continuar con la medida cautelar.

“La ironía de este caso, y la ironía de la elección que estamos viviendo, es que los jueces responsables de vigilar la equidad en esta contienda ahora pueden estar involucrados en la comisión de este tipo de actos. En este sentido su responsabilidad es doble: de carácter institucional, incluso algunos podrían decir de carácter moral, de comportarse con absoluta imparcialidad, precisamente porque actos de esta naturaleza, si resultaran violatorios de la normativa electoral, no solamente tendrían la consecuencia de ser una infracción sino también pondrían en tela de juicio la confiabilidad de las propias instituciones encargadas de vigilar la equidad en la contienda”.

Agregó que con ello la comisión no señala que la publicación sea violatoria, sin embargo, es necesario subrayar la responsabilidad.

Y, además, también porque quienes aspiran a ser jueces conocen la ley electoral.

La consejera Claudia Zavala destacó que la elección judicial tiene la característica de que personas que actualmente son funcionarios públicos serán contendientes en un proceso a partir del voto popular, por lo que las reglas de equidad deben ser muy claras, en principio porque ya algunos tienen la calidad de candidatos, identificados con un número asignado en la boleta.

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