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Niega INE inclusión de sobrenombres en boletas de elección judicial

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Sala de sesiones del Consejo General del INE en imagen de archivo. Foto Foto María Luisa Severiano
19 de febrero de 2025 18:28

Ciudad de México. Por unanimidad, el consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) negó la inclusión de sobrenombres en las boletas de la elección judicial, al exponer diversas razones como imposibilidad jurídica y técnica para hacerlo, pero también por considerar que algunos de los apodos serían propaganda electoral.

En ese último supuesto se encuentran 13 de las 29 solicitudes, incluida la de ministra Lenia Batres Guadarrama, quien pidió se le agregara el sobrenombre de “Ministra del pueblo” o “Del pueblo”.

Otros apodos rechazados son: “El ángel de la justicia”, “El defensor popular”, “El juez Barrios”, “Magistrado del Cambio”, “El magistrado del pueblo”, “Abogado del pueblo”, “El juez memo”, “Defensor del pueblo”, “Juzgador de la nación”, y “El juez del pueblo”; el candidato Marco Antonio Rojo Olivarría (contendiente para juez de distrito del área administrativa, circuito uno) propuso tres sobrenombres: “El juez de AMLO”, “El juez de la 4T”, y “El Juez del Pueblo”, mientras que otra persona pidió ser la “Jueza de la Verdad”.

Los consejeros expusieron distintas respuestas, marcadamente que la la solicitud debió presentarse al momento de inscribirse en los comités de evaluación de los Poderes de la Unión o en el Senado de la República.

Además, la imposibilidad del INE de modificar los nombres recibidos y, sobre todo, porque algunos casos violarían la ley electoral, relacionada con las candidaturas registradas, y las expresiones que pueden ser propaganda electoral.

Incluso tampoco procedieron otros que pedían minimizar los nombres de pila o colocar apodos genéricos tampoco tendrían margen de maniobra en el espacio disponible en las boletas.

En conclusión se indica en el acuerdo: “Es improcedente la inclusión de los sobrenombres en las boletas electorales de las candidaturas a diversos cargos del Poder Judicial de la Federación”.

Todas las resoluciones del INE pueden ser impugnadas ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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