El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no logró ayer tumbar, con efectos generales en el país, la prohibición absoluta para la siembra, cosecha y cultivo de cannabis para uso industrial, al no lograr la mayoría calificada de ocho votos.
En sesión pública, las ministras Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra del proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que proponía emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad de diversas porciones de los artículos 235 Bis, 235, 245, y 247, de la Ley General de Salud, y 198 del Código Penal Federal.
Dichos artículos prohíben la siembra, cultivo y cosecha de cannabis para elaborar productos con concentraciones iguales o menores a 1 por ciento de THC (tetrahidrocannabinol), para fines distintos a los médicos y científicos.
La mayoría de seis ministros votaron a favor de invalidar dichos preceptos al considerar que establecen una prohibición absoluta de la siembra, cosecha y cultivo de hierba, lo que representa una restricción innecesaria al derecho del libre comercio.
La declaratoria general fue solicitada por la primera sala del alto tribunal, ya que el 1º de diciembre del 2021 esa instancia declaró inconstitucionales dichos artículos por unanimidad de cinco votos, lo que constituyó jurisprudencia por precedente obligatorio. Con ello, dio un plazo de 90 días al Congreso de la Unión para legislar y superar el problema de inconstitucionalidad
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Se determina que el plazo concedido legalmente ha concluido y el Congreso de la Unión no ha reformado o derogado las normas materia de la presente declaratoria general de inconstitucionalidad
, dijo el ministro Pardo.
Incidencia en la seguridad, la economía y el comercio
La ministra Loretta Ortiz justificó su voto señalando que en materia de uso industrial de la cannabis debe abordarse desde una óptica del orden público, pues sus efectos no sólo impactan a los individuos, sino también inciden en la seguridad, la economía y el comercio
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Mientras, la ministra Lenia Batres dijo que la declaratoria planteada no estudia la complejidad que significa la reforma en su conjunto, pues si se elimina en la porción normativa que propone el proyecto, fines médicos y científicos en los términos y condiciones de, se abriría la posibilidad para que el Ejecutivo federal también autorizara la siembra, cosecha y cultivo de plantas de mariguana para otros fines que incluirían la comercialización
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En tanto, la ministra Esquivel Mossa argumentó que la reforma constitucional del 17 de enero pasado establece que la ley sancionará toda actividad relacionada con la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, por lo que el criterio previo de la Primera Sala de la Corte relacionada con el tema y la jurisprudencia derivada ya no tienen sustento en la Constitución.