Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las leyes que permiten a los bancos geolocalizar los dispositivos desde los que sus usuarios efectúan operaciones financieras, al considerar que la medida permite controlar la seguridad de sus transacciones, garantizando la protección de sus datos personales.
En sesión de la segunda sala, fue aprobado el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama que determinó la constitucionalidad del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual fue impugnado por una usuaria de nombre Grecia Elízabeth.
Inicialmente, la quejosa pidió a su banco cancelar los sistemas de geolocalización que aplicaba para ubicar los dispositivos desde los cuales hacía operaciones en línea, argumentando que representaba una amenaza a su privacidad.
Al obtener una respuesta parcial de la institución bancaria, Grecia solicitó la intervención del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y finalmente promovió un amparo que llegó a la Corte.
El proyecto de Batres señaló que la facultad que los bancos, al mismo tiempo de usar sistemas automatizados para proteger la seguridad de sus transacciones, están obligados a resguardar los datos personales que recopile por estas acciones, por un término de al menos diez años.
“Es una herramienta que genera, de manera inmediata y precisa, legitimidad en las transacciones, reducción potencial del error humano, facilidad de identificación y notificación de transacciones sospechosas, también, permite identificar el comportamiento del cliente como base para determinar cuándo sus operaciones financieras parecen inusuales.
“Tiene beneficios para el usuario del sistema financiero, ya que se puede corroborar la validez de una transacción y optimizar la seguridad de los datos, lo cual reduce los fraudes y el robo de identidad, al generar un historial de transacciones”, señala el proyecto aprobado.