Ciudad de México. La Clínica Jurídica para Personas Refugiadas “Alaíde Foppa”, de la Universidad Iberoamericana (Ibero), llamó a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a “asumir su responsabilidad” para que avance al amparo directo que interpuso con el fin de que se reconozcan las violaciones a derechos humanos perpetradas por agentes del Instituto Nacional de Migración (INM) en aeropuertos, al impedir en muchos casos que personas necesitadas de refugio ingresen al país.
Luis Xavier Carrancá, abogado de la clínica, explicó que es necesario “frenar la impunidad del comportamiento arbitrario de Migración” y se repare a las víctimas, “de la forma que se considere prudente, sea con una indemnización, por ejemplo, o con garantías de no repetición”, e incluso con disculpas públicas.
Carrancá detalló que el amparo directo, para que se active un mecanismo de responsabilidad patrimonial, llegó a la Segunda Sala de la SCJN, y si bien fue admitido y estaba en la ponencia del entonces ministro Luis María Aguilar, con sus salida fue turnado a Lenia Batres, quien “en un proyecto –que se revisará mañana– plantea que no se admita”, ya que “a su entender no hay problemas de constitucionalidad que hayan sido reclamados en suficiencia”.
El abogado expuso que el litigio inició con el caso de un venezolano, quien en 2018 fue inadmitido en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, a pesar de haber expuesto al personal del INM que quería pedir refugio.
“En lugar de tratarlo como solicitante de la condición de refugiado, lo que hacen es fabricarle un acta de rechazo con una mentira muy básica, diciendo que él dijo en el filtro que era turista y no se acreditó su plan de viaje”, señaló.
Indicó que los agentes del INM incomunicaron al joven, “lo amedrentaron para aceptar el rechazo”, y lo devolvieron a Venezuela. Sin embargo, su madre -también refugiada en México- logró que llegara a Colombia, y tras contactar a la Clínica de la Ibero, el venezolano regresó a territorio mexicano.
Antes de lograr ser liberado, y pese a la intervención de un juez, estuvo retenido cinco días en el aeropuerto y fue llevado a una estación migratoria, en donde permaneció diez días, aseguró Carrancá.
El problema, enfatizó el abogado, es que el juez que ordenó al INM que el joven no fuera rechazado, terminó ahí su trabajo y ya no abordó la intimidación, “los actos de incomunicación arbitrarios, la fabricación del acta de rechazo ni el intento de devolución”.
Por ello, expuso que solicitaron que se active un mecanismo de responsabilidad patrimonial, que “tiene sustento constitucional para que la administración pública repare a la ciudadanía, cuando le genera un daño por su comportamiento irregular”.