Ciudad de México. La ministra Yasmín Esquivel Mossa acusó a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña Hernández, de “violar la independencia y autonomía” del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por haber emitido el pasado viernes una medida cautelar que frena cualquier acción legal que ese órgano pretenda emitir contra los integrantes del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) por no acatar la resolución en la que le ordenó retomar los trabajos de selección de candidatos para la elección judicial.
En redes sociales, Esquivel señaló este lunes que Piña no tiene facultades para otorgar una medida cautelar en pleno proceso electoral, que busca evitar posibles sanciones al Comité de Evaluación del PJF.
“Es esencial que la Ministra Presidenta respete la autonomía y las facultades de los órganos jurisdiccionales, permitiendo que el proceso electoral continúe en pleno apego a la Constitución y las leyes que rigen nuestro sistema democrático”, señaló.
El 7 de enero pasado, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación suspendió sus actividades de selección de candidatos, al acatar una suspensión definitiva emitida por un juez de Distrito en Michoacán; días después recibió una segunda de un juez federal en Jalisco.
Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF emitió una resolución en la que le ordenó al Comité continuar con el proceso electoral.
Sin embargo, el pasado jueves, el magistrado Wilfrido Castañón León, presidente del referido Comité, solicitó a la Suprema Corte pronunciarse sobre ambas resoluciones contradictorias, una de los jueces federales y la otra del TEPJF, con base en el ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
En dicha petición, Piña concedió la medida cautelar “en la que pide mantener las cosas en el estado en que actualmente se encuentran…” y evitar cualquier sanción a los cinco integrantes del Comité.
“La ministra Norma Lucía Piña Hernández sólo tiene facultades para darle trámite al asunto, pero NO PARA DECRETAR LA SUSPENSIÓN. Ello debido a que a la presidenta de la Corte sólo le corresponde recibir el asunto, registrarlo y turnarlo a un ministro, que en el caso correspondió a Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena”, destacó Esquivel.
También destaca que la ministra Piña, al paralizar con esta medida cautelar la actuación de la Sala Superior del TEPJF, está violando la independencia y autonomía de éste órgano jurisdiccional, al inhibir su funcionamiento para llevar a cabo el proceso electoral.
Esquivel señaló que dicha medida cautelar no fue concedida por Piña al dar trámite, el 2 de septiembre de 2024, al recurso que la Asociación Nacional de Jueces y Magistrados Federales (JUFED) solicitó a la Corte, con base en el mismo artículo 11.
Finalmente, la ministra Esquivel Mossa solicitó que “se corrija el boletín de prensa” emitido el pasado viernes por la Dirección General de Comunicación Social de la SCJN, que señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite una solicitud basada en dicha ley “y concedió la medida cautelar, toda vez que dicha actuación sólo correspondió a la ministra Piña y no al Tribunal en Pleno”.