Ciudad de México. Gregorio Salazar Hernández, juez de control con residencia en el penal del Altiplano, obtuvo una nueva suspensión que le otorgó el primer tribunal colegiado en Materia Penal en Ciudad de México, que ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) le permita el acceso a la carpeta de investigación que inició en su contra, por presuntamente otorgar beneficios injustificados a José Alfredo Cárdenas Martínez, El Contador, supuesto capo del cártel del Golfo y quien está en proceso de extradición a Estados Unidos.
El Contador fue liberado el 20 noviembre del año pasado, por orden del juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el estado de México, Salazar Hernández, en una audiencia en la cual, el juzgador no tomó en cuenta los argumentos vertidos por la FGR y determinó que no era procedente la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva.
En su lugar, el togado le impuso medidas cautelares como la presentación periódica semanal en la presidencia municipal de Matamoros, Tamaulipas, una garantía económica por 5 millones de pesos, la prohibición de salir del país, de acercarse a la embajada de Estados Unidos y la colocación de un localizador electrónico, entre otras.
Por ello, a principios de diciembre la FGR inició una carpeta de investigación contra el juzgador por ordenar la libertad de El Contador, capo del cártel del Golfo y sobrino de Osiel Cárdenas Guillén.
Salazar Hernández promovió un recurso de queja ante el tribunal colegiado, luego de que el juzgado decimosegundo de distrito en materia penal en la Ciudad de México, le negó la suspensión provisional contra la omisión de dar contestación al escrito del quejoso, así como la omisión de reconocer la calidad de imputado y permitir acceso a los registros de la carpeta de investigación.
Al respecto, los magistrados del primer tribunal colegiado en materia penal, Horacio Armando Hernández Orozco, Francisco Javier Sarabia Ascencio, contra el voto particular del magistrado Juan José Olvera López, determinaron otorgarle al juez la suspensión provisional.
Argumentaron que en el caso concreto, “se aprecia que se cumple con el primero de esos requisitos (apariencia del buen derecho), en la medida en que el fiscal en dos ocasiones (una en la mañanera organizada por la presidenta de la república y otra a través de la cuenta oficial de la Fiscalía General de la República –lo cual es un hecho notorio–), aseguró que ya había abierto una indagatoria en contra del quejoso quien, en su carácter de juez, dejó sin efectos la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta a una persona sujeta a un procedimiento de extradición (sin especificar que impuso otras que lo sujetaban a ese procedimiento), y que inició las investigaciones por posibles delitos contra la administración de justicia cometidos por servidores públicos”.
Agregaron que partiendo de que el fiscal aseguró públicamente que ya se abrió esa indagatoria, debe concederse la suspensión para que en caso de que exista, se le permita ese acceso al quejoso a efecto de que haga valer sus derechos que como indiciado le corresponden, pues de no concederle la medida cautelar “se genera una intranquilidad (al juez) por no conocer los hechos y se le priva de la posibilidad de ejercer durante ese tiempo acciones defensivas en esa pesquisa”.