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Acusan actuación “parcial” en caso de CCT de Minera Camino Rojo

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El Sindicato Nacional Minero es titular del CCT de la Minera Camino Rojo, ubicada en Zacatecas. Foto Tomada de https://www.facebook.com/OrlaCaminoRojo?locale=es_LA / Archivo
02 de enero de 2025 12:54

Ciudad de México. A pesar de que el Sindicato Nacional Minero es el titular del contrato colectivo de trabajo (CCT) en la Minera Camino Rojo, ubicada en Zacatecas, el secretario instructor Erick Eduardo López Martínez, adscrito al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos, actúa de manera “parcial” y en “apoyo” a un sindicato de protección patronal y a la empresa de capital canadiense, actualmente sujeta a un panel laboral al amparo del T-MEC.

Nahir Velasco, coordinador jurídico del sindicato minero, señaló lo anterior y agregó que el funcionario judicial pretende dejar sin efecto la suspensión concedida por el propio Tribunal, en la que determinó que la autoridad laboral debe abstenerse de reconocer a otro gremio afiliado a la Federación Nacional de Sindicatos Independientes (FNSI), respaldado por la compañía canadiense Orla Mining.

Por ello, adelantó que la representación legal del Sindicato Nacional Minero, que encabeza el diputado federal Napoleón Gómez Urrutia, acudirá a presentar una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal por el actuar del secretario instructor, además de que interpondrá una denuncia penal.

“El secretario instructor Erick López Martínez, adscrito al Tribunal Federal de Asuntos Colectivos, ha estado violando la imparcialidad y está apoyando al sindicato de la FNSI, no obstante que esté se equivocó al exhibir una ‘contragarantía’ para dejar sin efecto nuestra suspensión en la titularidad de Camino Rojo, pero le da una oportunidad nuevamente”, denunció.

Ello, enfatizó, “vulnera el Estado de derecho”, dado que se han presentado una demanda de amparo directo y dos quejas; sin embargo “dicho funcionario público está realizando acciones ilegales”, insistió Velasco.

La medida cautelar notificada al sindicato minero el 16 de diciembre pasado, fue concedida con la finalidad de que “no surta efectos el reconocimiento del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas en la República Mexicana como titular y administrador del contrato colectivo de trabajo CFCRL-CONTRATO-F-VI-2021-0510”.

De hecho, la orden indica que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral “deberá abstenerse de realizar el registro” del documento en cuestión.

El 12 de diciembre pasado, el gobierno de Estados Unidos solicitó un panel bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC para abordar el conflicto que lleva varios meses en la minera ubicada en Mazapil, Zacatecas, por la violación a los derechos a la libertad de asociación y negociación colectiva de los trabajadores de la sección 335 del Sindicato Nacional Minero.

La Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), Katherine Tai anunció la decisión debido a que México emitió un informe “con una conclusión limitada” y no se llegó a un acuerdo sobre un plan de remediación.

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