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Vigentes descuentos a estudiantes y maestros en transporte de pasajeros: SICT

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Los descuentos del 50 y 25% lo podrán otorgar los prestadores de servicios ferroviarios en su modalidad de regular interurbano, mientras que los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros lo darán en los servicios de primera y económico a estudiantes y maestros, respectivamente. Foto La Jornada Veracruz
25 de diciembre de 2024 13:07

Ciudad de México. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó que están en vigor descuentos a estudiantes y maestros del 50 y 25 por ciento, respectivamente, en el servicio ferroviario y de autotransporte federal de pasajeros.

En un comunicado, expuso que las disminuciones tarifarias se aplican con base al periodo vacacional fijado por la Secretaría de Educación Pública (SEP), mismas que están en vigor desde el 19 de diciembre de 2024 y hasta el 3 de enero de 2025.

“Dicha reducción tarifaria es aplicable en toda la República para la educación prescolar, primaria, secundaria, normal y maestros de educación básica”, mencionó la secretaría.

Los descuentos del 50 y 25 por ciento lo podrán otorgar los prestadores de servicios ferroviarios en su modalidad de regular interurbano, mientras que los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros lo darán en los servicios de primera y económico a estudiantes y maestros, respectivamente.

La SICT precisó que educandos y profesores deben presentar credencial vigente para acreditar el derecho al descuento. No obstante, deben ser exclusivamente de las instituciones incorporadas la Secretaría de Educación Pública o a las direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas.

A su vez, a la Universidad Nacional Autónoma de México, al Instituto Politécnico Nacional; a universidades de toda la República; Institutos; Escuelas Libres de Derecho, Comercio y Homeopatía; Colegio de Bachilleres; y las escuelas incorporadas a todas estas instituciones educativas.

Por otra parte, informó que las quejas por infracciones en lo concerniente a tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal.

O en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que corresponda al domicilio del usuario.

 

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