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Respalda magistrado Amaya oralidad y comunicación al impartir justicia

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Explicó que, para mayor eficacia y eficiencia, los procesos civiles y familiares previstos en el Código inician con demanda y contestación que pueden ser de carácter escrito, y posteriormente vienen las audiencias de carácter oral. Foto PJCDMX
22 de diciembre de 2024 14:51

Ciudad de México. El magistrado de la séptima sala civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, Yaopol Pérez Amaya Jiménez, afirmó que la oralidad, la utilización de la comunicación digital y a distancia, y el uso del expediente electrónico tiene un impacto “brutal” en la impartición de justicia.

Ello, dijo, porque con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares se generará el fenómeno de poca resistencia al cumplimiento de las sentencias que emitan los impartidores de justicia.

“Fue tan clara la explicación del juez, que, bueno, para que me voy a apelación, al amparo, si el propio juez fue tan claro en que no me corresponde ese derecho”, planteó el magistrado.

Destacó que, si bien los procedimientos civiles y familiares estipulados por el  Código deben ser orales, no debe haber confusión entre juicio oral con metodología o principio oral.

“No hay ningún juicio que sea totalmente escrito o un juicio que sea totalmente oral; eso es obvio, siempre va a haber documentos, videos, cosas distintas a la simple oralidad”, precisó.

Explicó que, para mayor eficacia y eficiencia, los procesos civiles y familiares previstos en el Código inician con demanda y contestación que pueden ser de carácter escrito, y posteriormente vienen las audiencias de carácter oral.

La preliminar, que sirve para depurar la demanda y la contestación, es decir, donde se “purifica la etapa postulatoria”, y proseguir con la audiencia de juicio, en la que se escuchará a testigos, peritos sobre lo que está controvertido en el juicio, a fin de que el juez ahí mismo dicte sentencia.

“Una vez que queda firme (la sentencia), se inicia un procedimiento de ejecución que también lleva audiencias orales; sí cambia bastante el proceso escrito con el oral, porque lo que busca este último es que la mayoría de sus actividades procesales se lleven a cabo a través de audiencias orales”, indicó.

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