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Publican en DOF la extinción de siete organismos autónomos

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Acceso principal al Instituto Federal de Telecomunicaciones, en la Ciudad de México, en imagen de archivo. Foto Cristina Rodríguez
21 de diciembre de 2024 09:08

Ayer fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones constitucionales en materia de simplificación orgánica, con lo cual se formaliza la extinción de siete organismos autónomos.

Las instancias extintas al entrar en vigor, es decir, este sábado, son la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones; en tanto, hay distintas características de término para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); la Comisión Reguladora de Energía; Comisión Nacional de Hidrocarburos, el Coneval y para la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación.

Señala que las economías y ahorros que se generen con la extinción de los entes públicos, materia del presente decreto, se destinarán al Fondo de Pensiones para el Bienestar en términos de la legislación aplicable.

Adecuaciones, en 90 días

El documento publicado en edición vespertina del DOF fue firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum y la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez; en los artículos transitorios se establece que el decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación, salvo lo que se refiere a la expedición de las leyes secundarias en materia de competencia y libre concurrencia, y en lo que hace a las de telecomunicaciones y radiodifusión.

El Congreso de la Unión tendrá 90 días naturales para hacer las adecuaciones necesarias a las leyes para dar cumplimiento al decreto; en tanto, las legislaturas locales tendrán máximo 90 días para armonizar su marco jurídico en materia de información pública y protección de datos personales.

Después de cumplirse el punto anterior se entenderán extintos los entes públicos a los que hace referencia el decreto.

Puntualiza que los actos jurídicos emitidos por el INAI, los organismos garantes de las entidades federativas, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley secundaria, surtirán sus efectos legales.

Igualmente, señala el destino de los recursos materiales y humanos de cada organismo a extinguir.

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