Ciudad de México. El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) informó que un tribunal en materia administrativa declaró que la decisión de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de testar, es decir, borrar información hasta el punto de hacer ilegibles más de 2 mil 543 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, viola el derecho a la verdad y el acceso a la información de las víctimas y de la sociedad.
Detalló que el fallo fue emitido el 11 de diciembre pasado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, quien resolvió a favor de Elvira Martínez Espinoza, esposa de Jorge Bladimir Muñoz Delgado, uno de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos en 2006.
En un comunicado, recordó que en 2023, Martínez acompañada por el Centro Prodh y otras organizaciones, interpuso un recurso de revisión al considerar que la eliminación de la Recomendación 26/2006 y de otras 2 mil 542 recomendaciones de la página web de la CNDH violaba el derecho a la verdad y de acceso a la información.
El amparo en revisión 369/2024 ordena también a la CNDH restituir todas las recomendaciones emitidas desde 1990 y hasta mayo de 2015, y garantizar su acceso público y sin censura.
El Centro Prodh expuso que en 2006, la Recomendación 26/2006 documentó violaciones graves a los derechos humanos de los mineros y sus familias, señalando negligencias y tolerancia a irregularidades por parte de las autoridades desde el año 2000.
“Estas fallas contribuyeron a la explosión en la mina Pasta de Conchos, que cobró la vida de 65 trabajadores. Su publicación representó un avance significativo para las familias en su lucha por el reconocimiento de los hechos y la exigencia de justicia”, aseveró la organización.
Sin embargo, expuso, en 2023, la CNDH eliminó de su sitio web las más de 2 mil 500 recomendaciones, incluida la del caso Pasta de Conchos, además de las emitidas en casos como la represión ocurrida en Atenco en 2006 o las ejecuciones extrajudiciales de Tlatlaya en 2014, y publicó versiones censuradas, que omitían información esencial sobre los hechos documentados, las víctimas y las responsabilidades de las autoridades.
Precisó que la resolución reconoce que Elvira Martínez tiene el interés para impugnar que todas las recomendaciones censuradas se hagan públicas, por lo que los efectos del fallo del Tribunal no sólo alcanzan a la recomendación sobre el siniestro en Pasta de Conchos y a la promovente, “sino a toda la sociedad, al reconocer el derecho de acceso a la información como ‘colectivo y difuso’, pues las versiones testadas violan el principio de máxima publicidad y de no retroactividad”.
La organización civil destacó que esta resolución marca un importante precedente en México para garantizar el derecho a la verdad de toda la sociedad, proteger la publicidad de las recomendaciones del organismo ombudsperson para que se exija rendición de cuentas y transparencia a las autoridades responsables de cometer violaciones a los derechos humanos —así como conocer en qué circunstancias ocurrieron—.
“Esto se vuelve aún más relevante en el contexto de la inminente desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai)”, enfatizó.
Junto con otras organizaciones y familiares, el Centro Prodh exigió a la CNDH acatar la sentencia del tribunal y publicar sin censura todas las recomendaciones eliminadas, para garantizar el derecho de las víctimas y de la sociedad al acceso pleno a la información.