Zacatecas, Zac. Este fin de semana la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), publicó la recomendación No. 272/2024, dirigida al general retirado del Ejército Mexicano, Arturo Medina Mayoral, titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Zacatecas, y contra Miguel Varela Pinedo, actual presidente municipal de la capital zacatecana, por considerar que integrantes de las corporaciones policiacas locales, incurrieron en “el uso excesivo de la fuerza”, reprimiendo violentamente a un grupo de mujeres que se manifestaron el 8 de marzo del presente año, en la Plaza de Armas.
En la recomendación -consistente en un documento de 135 páginas-, ha sido emitida diez meses después de ocurridos los hechos, no emiten responsabilidades contra ninguno de los policías agresores de las mujeres, pertenecientes de la Policía Estatal Preventiva (PEP), la Policía de Seguridad Vial (PSV), ni de los Policías Municipales que participaron en la represión del 8M.
También la CNDH elude mencionar como responsables de la acción represora a funcionarios que han sido señalados directamente, por los colectivos del Movimiento Feminista de Zacatecas, como directamente partícipes en la agresión –por su grado jerárquico político y las órdenes que habrían dado para reprimir-, como el caso del edil de la capital de Zacatecas, Jorge Miranda Castro, del PVEM quien en aquella fecha era presidente municipal en funciones (Miguel Varela Pinedo del PAN, asumió la alcaldía apenas el pasado mes de septiembre).
Asimismo, se deja sin responsabilidad al principal funcionario señalado en Zacatecas por los grupos feministas, es Rodrigo Reyes Muguerza, secretario General de Gobierno, quien incluso emitió una declaración pública de “advertencia”, previa a la marcha del 8 de marzo, cuando afirmó a través de un video mensaje difundido en redes sociales que las mujeres que participaran en la marcha del 8M, enfrentarían a la fuerza pública, si cometían desmanes en su protesta, y cumplió.
La recomendación de la CNDH, expone que las autoridades zacatecanas violaron las garantías individuales, relacionadas con la “protesta, la libertad y seguridad personales, la seguridad jurídica, el debido proceso, la integridad personal y a una vida libre de violencia con motivo del uso excesivo de la fuerza, que derivó en detenciones arbitrarias, en la marcha del 8 de marzo de 2024 en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer en Zacatecas”.
Por lo anterior, se emplaza en lo particular al general Arturo Medina Mayoral, como titular de la SSPZ, para que, “en coordinación con el Gobierno del estado (que encabeza David Monreal Ávila), en un plazo no mayor a 6 meses, garantizar que, en periódicos de tiraje local, se difunda un comunicado oficial en el que se solicite la colaboración de la población (sic), para evitar estereotipar o estigmatizar a las personas que participan en las manifestaciones del 8M, enfatizando que la manifestación y la protesta es un derecho humano, promoviendo el respeto al ejercicio de éste”.
También se pide al general retirado del Ejército Mexicano, que “en un plazo no mayor a seis meses y en coordinación el Gobierno del estado, garantizara la remisión de una copia de esta recomendación a todas las personas titulares de los gobiernos constitucionales estatales y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, para concientizar sobre el uso de la fuerza y la debida diligencia en la contención de manifestaciones y protestas de mujeres, especialmente aquellas realizadas el 8 de marzo, en el marco de la conmemoración del Día internacional de la Mujer”.
Entre otras consecuencias por las violaciones a los derechos humanos, la CNDH, ordenó “diseñar e impartir, en un plazo de seis meses -después de la aceptación de esta recomendación-, un curso de sensibilización el cual será dirigido, al personal adscrito a la PEP y a la PSV, debiendo estar presentes, en particular (a seis policías identificados con las claves) AR1 a AR41, AR43, AR44, AR46 a AR63”.
La temática del “curso de sensibilización”, deberá abordar “la siguiente temática: a) perspectiva de género en los servicios de seguridad pública; b) uso de la fuerza; d)manejo de autocontrol y la implementación de medios pacíficos de solución de conflictos”, entre otros aspectos relacionados con el respeto a los derechos humanos.