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Ordenan al INE pagar multa por desacato sobre proceso electoral

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Sesión del Consejo General del INE en imagen de archivo. Foto Yazmín Ortega
04 de noviembre de 2024 14:54

Ciudad de México. Un juez federal ordenó a cada uno de los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), pagar una multa de 54 mil 285 por desacatar la suspensión que concedió en septiembre pasado donde resolvió frenar el proceso electoral judicial, 2024-2025 para la elección de jueces, magistrados y ministros.

El fallo de Francisco García Contreras, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Colima, se  determinó debido aque el 24 de octubre el vocal secretario de la Junta Local Ejecutiva del INE le notificó que “no puede suspender el proceso electoral extraordinario, en atención a las consideraciones que aduce emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la suspensión negada y que fue solicitada en la acción de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas 165/2024, 166/2024, 167/2024 y 170/2024”.

Por ello, el juzgador  pidió al Administrador Desconcentrado de Recaudación de Ciudad de México "1", aplicar la sanción a los integrantes del INE, a quienes les dio un plazo de tres días para pagar la multa, de lo contrario, les impondrán una multa de 5 mil 428 pesos.

El impartidor de justicia dio un nuevo plazo de 24 horas horas, contado a partir de la notificación, para que acaten los efectos de la suspensión provisional y se abstengan de emitir acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario.

Apuntó que en caso de incumplimiento se impondrá una multa de 54 mil 284 pesos y recordó que el artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, establece que se dará vista al Agente del Ministerio Público de la Federación para la investigación de la posible comisión del delito de desacato, el cual se sanciona con pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.

"Se le apercibe que de no acatar lo ordenado, se les impondrá a cada uno de los integrantes del Consejo, una diversa multa de quinientas unidades de medida y actualización (de acuerdo a la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo estableció la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia), que corresponden a $54,285.00 (cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco pesos), cantidad que se obtiene de multiplicar quinientas unidades por ciento ocho pesos con cincuenta y siete centavos (equivale a una Unidad de Medida y Actualización), lo anterior de conformidad con el artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo" señala el resolutivo del juez.

En septiembre pasado, el mismo impartidor de justicia demandó al Senado que se abstenga de emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación.

El juzgador también ordenó al Senado que se abstenga de emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas, de tomar protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección, así como la ejecución del decreto de reformas reclamado consistente en la toma protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección el 1 de septiembre de 2025.

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