Ciudad de México. A partir de este 1 de noviembre Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) recuperarán formalmente su carácter de empresas públicas, luego de que fue publicado el decreto por el que se modificaron los artículos 25, 27 y 28 constitucionales.
A casi 11 años de que fue realizada la reforma energética impulsada en la administración de Enrique Peña Nieto, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fueron publicados los cambios en materia energética aprobados por el Congreso de la Unión, los cuales entrarán en vigor el primer día del onceavo mes del año.
De acuerdo con el decreto, que fue firmado el miércoles por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el artículo 25 establece que el gobierno federal mantiene “la propiedad y el control sobre los organismos y empresas públicas del Estado”.
“La planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, la Nación llevará a cabo dichas actividades en términos de lo dispuesto por los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución”, con lo que se reivindica que el Estado mexicano es el único que decide sobre el sector energético.
El artículo 27 establece que la explotación de los recursos energéticos se realizarán sólo por concesiones aprobadas por el Ejecutivo Federal, pero también deja en claro que el incumplimiento de las normas relacionadas a explotación de los minerales y substancias serán canceladas las concesiones.
Los cambios también reiteran que la Nación es la única responsable sobre la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como la transmisión y distribución, por lo que no se otorgarán concesiones.
“Las leyes determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad”, indica.
Además indica que el gobierno federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas, las cuales, en caso de suceder, se harán bajo la Ley.
La reforma también deja en claro que “tratándose de minerales radiactivos y litio no se otorgarán concesiones”, luego de que estos son indispensables para el proceso de transición energética, en especial, para la fabricación y uso de baterías para almacenar energía.
En el artículo 28 quedó establecido que el Estado tiene exclusividad en áreas estratégicas como minerales radiactivos, litio y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional.
Sobre esta última, destaca que, el objetivo es “preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación y proveer al pueblo de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estado que se establezca; así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos”.