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La titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy, anunció ayer que el 16 de octubre se emitirá la convocatoria para la elección de integrantes del Poder Judicial y que cada uno de los tres poderes de la Unión deberán definir su comité de evaluación de los candidatos a ministros, magistrados y jueces. Foto Presidencia
08 de octubre de 2024 07:53
En el descaro total, la banda de los ocho mete el acelerador a sabiendas de que comete un delito de lesa patria, que viola la Constitución –cuyo cumplimiento dice garantizar– y que se ha convertido en la cara visible y operativa del golpismo de la derecha. En síntesis, el Poder Judicial abiertamente en contra de la ley y de los intereses nacionales.

A esos ministros facciosos se les ha reiterado que es notoriamente ilegal su comportamiento, toda vez que parecen olvidar que contra las reformas constitucionales no proceden impugnaciones (Ernestina Godoy dixit). Pero insisten, en una suerte de embestida para desgastar, obstaculizar y dar largas a lo inevitable: entre otros elementos, la elección, vía voto popular, de jueces, magistrados y los propios ministros.

Pero la banda de los ocho permanece sorda, y prueba de ello es que ayer el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación “admitió tres nuevas consultas para analizar las impugnaciones contra la reforma al Poder Judicial de la Federación y dejó abierta la posibilidad de emitir suspensiones para frenar dicha enmienda constitucional. Por mayoría de seis votos contra cinco, rechazó proyectos de la ministra Lenia Batres Guadarrama que proponían al pleno aprobar que la Corte no pueda otorgar medidas cautelares en las consultas previstas en el artículo 11, fracción decimoséptima, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; es una reforma constitucional (ya promulgada) contra la cual no procede el juicio de amparo y como consecuencia tampoco la suspensión, de tal manera que si los juzgadores pudieran otorgar medidas cautelares no previstas en la ley estarían de facto legislando, lo cual contraviene o contravendría el principio de separación de poderes y podría llevar a un ejercicio desmedido del poder por parte de esta Suprema Corte” ( La Jornada, Iván Evair Saldaña).

Sin embargo, Luis María Aguilar Morales, ministro defensor de evasores fiscales como Ricardo Salinas Pliego, aseguró, cínicamente y sin mayor sustento que su muy devaluada palabra, que la Corte sí puede emitir suspensiones contra la reforma constitucional; contrario a lo sostenido en el proyecto (de Lenia Batres), el hecho de que la legislación orgánica del Poder Judicial de la Federación no regule expresamente la posibilidad de conceder la suspensión de los actos o normas en este tipo de procedimientos no puede entenderse que no esté permitido; puede concederse en los casos en los que la naturaleza del acto o la norma lo permita previa ponderación del ministro o ministra ponente sobre la apariencia del buen derecho y del interés social. Y se quedó tan tranquilo.

Aun así, la presidenta Sheinbaum advirtió que si por alguna razón la Corte no envía las vacantes que son necesarias para la convocatoria (de elección de jueces, magistrados y ministros), el Senado de la República utilizará la información disponible públicamente para poder realizar esta convocatoria. Como ven, la reforma al Poder Judicial ya fue aprobada, es constitucional y va a iniciar ya en unos días, después de la aprobación de estas dos iniciativas de ley (la secretaría de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, ya las entregó al Legislativo), el proceso electoral. Ese par de leyes (General de Instituciones y Procedimientos Electorales y General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral), tienen el objetivo de hacer más clara o detallar lo que no viene en la Constitución de la reforma constitucional al Poder Judicial para que a partir del 15 de octubre salga la convocatoria del Senado de la República. Dicha elección, con carácter federal, está programada para el primero de junio de 2025, por mayoría y voto directo de la ciudadanía. Nada ni nadie la detendrá.

Por su parte, la titular de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, Ernestina Godoy, explicó: Las citadas reformas tienen como objetivo garantizar los principios rectores en cada una de las etapas del proceso electoral para los cargos de elección del Poder Judicial, para dar legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad y transparencia, y, con los medios de impugnación, garantizar la tutela efectiva durante el proceso electoral.

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