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Congreso CDMX va por sanciones mayores por retiro de sellos de clausura

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Sesión de trabajo en el Congreso de CDMX, el 1| de septiembre de 2024. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
29 de septiembre de 2024 12:25

Ciudad de México. Con el objetivo de establecer mayores sanciones al retiro de sellos de clausura y comercio no autorizado en negocios que incumplen con la normatividad, en el caso particular de la venta de bebidas embriagantes en la vía pública, las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Justicia Cívica y Defensoría Pública del Congreso local, aprobaron el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción V bis al artículo 28 y se modifica el artículo 32 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México; y se reforma el artículo 286 del Código Penal para el Distrito Federal, suscrita por el jefe de Gobierno.

Al respecto, el diputado Alberto Martínez Urincho (Morena), presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, dijo que con estos cambios al Código Penal se busca mantener el estado de suspensión o clausura ordenado por la autoridad y materializado con la imposición de sellos, evitando que se continúe con la actividad irregular que da origen a la sanción debido al retiro de los mismos, lo que induce al error de que la construcción, edificación, establecimiento o medio publicitario cumplen con la normatividad aplicable.

El legislador, dijo, que “con esto se garantiza la seguridad jurídica en favor de la población, al defender la efectividad y eficacia de los procedimientos administrativos de verificación y sanción, los cuales generalmente se realizan con ausencia del responsable del giro mercantil o propietario del inmueble, por lo que son atendidos por algún encargado o trabajador, quienes en ocasiones son utilizados para el quebrantamiento de sellos o vulneración de los espacios restringidos”.

Por lo anterior, resulta necesario asegurar que la responsabilidad penal no sólo quede limitada de manera injusta a quienes se encuentran trabajando en la obra o establecimiento suspendido o clausurado, sino a quienes se benefician de manera directa con la reanudación ilícita de actividades.

En consecuencia, se incrementarán las sanciones cuando se trate de los titulares, propietarios, poseedores, representantes o responsables del negocio, quienes consientan o permitan la continuación de la actividad.

Martínez Urincho, agregó, que debido a lo anterior se propone adicionar y reformar el artículo 286 del Código Penal, en un doble aspecto: por un lado, modificando las cualidades del sujeto activo que puede incurrir en el delito de quebranto de sellos, y por el otro, modificando el procedimiento de verificación.

En casos de que alguien en forma reiterada quebrante o retire los sellos de clausura o suspensión, se aumentará la pena privativa de la libertad en una cuarta parte de la pena de prisión.

Respecto a las modificaciones del artículo 32 y 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, dijo, que se propone sancionar la conducta de quienes vendan bebidas embriagantes en la vía pública sin contar con los permisos correspondientes, buscando desincentivar el comercio indiscriminado de estos productos “sin previa verificación del cumplimiento de los requisitos administrativos”.

La diputada Elizabeth Mateos Hernández (Morena) refirió que la primera reforma abona al combate a la corrupción, ya que no se puede permitir quebrantar los sellos cuando existe un riesgo para la ciudadanía en cuestiones como construcciones irregulares o usos de suelos ilegales. Respecto a la segunda reforma, señaló, que “al sancionar a las personas que fomentan el consumo ilegal de alcohol mediante la venta en vía pública, se contribuye a regularizar este tipo de negocios y ayuda a la prevención de adicciones en menores de edad”.

Por su parte, la congresista Olivia Garza de los Santos (PAN) advirtió que la reforma puede contribuir a permitir el consumo en vía pública, ya que los cambios no consideran la modificación de otros preceptos normativos, como medidas que impidan la venta a menores edad, además de otorgar licencias aún cuando no se cuenta con el permiso correspondiente y las medidas de seguridad requeridas.

En su intervención, el diputado Mario Enrique Sánchez Flores (PAN), presidente de la Comisión de Justicia Cívica y Defensoría Pública, anunció que presentaría una reserva al artículo 286 del Código Penal local, para fortalecer el primer párrafo y precisar que es función del Ministerio Público y no de instancias administrativas, lo relativo a la clausura y quebramiento de sellos.

En su intervención, el legislador Fernando Zárate Salgado (Morena) se pronunció a favor del dictamen y en contra de la proliferación de “chelerías” en zonas de concentración de población como La Lagunilla; y dijo que el quebrantamiento de sellos en construcciones, mantas y tapiales es una constante, al tiempo que adelantó su voto en particular, en referencia a los artículos 106 y 112 del Reglamento del Congreso.

 

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