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SCJN pospone emitir fallo decisivo para liberación de Mario Aburto

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La posible liberación de Mario Aburto Martinez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, dividió el voto de los magistrados de la SCJN. Foto Cuartoscuro
25 de septiembre de 2024 16:06

Ciudad de México. La posible liberación de Mario Aburto Martinez, asesino confeso del ex candidato presidencial Luis Donaldo Colosio Murrieta en 1994, generó este miércoles la división de votos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que magistrados pospusieron nuevamente emitir el fallo del que depende la libertad de Aburto.

En sesión de la Primera Sala del SCJN, se discutió con prioridad el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que planteaba dar la razón a un recurso interpuesto por la Fiscalía General de la República (FGR) que pedía revocar el amparo a favor de Aburto, al considerar que el juzgador del tribunal colegiado que lo amparó debió llamar a juicio a los familiares del priista ultimado el 23 de marzo del 1994, en Tijuana, Baja California.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf y el ministro González Alcantara Carrancá votaron a favor del proyecto, que ordena la reposición del procedimiento de dicho juicio de amparo; en tanto, la ministra Margarita Ríos Farjat y el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votaron en contra, lo que dejó la votación en dos contra dos.

Ríos Farjat retiró en marzo pasado un proyecto que desechaba el recurso de revisión interpuesto por la FGR y dejaba firme la sentencia del tribunal colegiado, lo que abría el camino para liberar a Aburto a partir de ese mismo mes, tras haber cumplido 30 años preso.

Hoy, la ministra sostuvo que la decisión del tribunal no se sustentó en un problema de constitucionalidad, sino que se limitó a aplicar una norma legal siguiendo precedentes de este alto tribunal.

“En este sentido, no comparto este proyecto que ahora ordena reponer el procedimiento para llamar a juicio a las víctimas del delito. Hasta antes de la reforma constitucional, en el año 2000, en 1994, fecha en que ocurrieron los hechos, las normas penales no establecían el reconocimiento de una calidad específica a las víctimas en los pues eran representadas por el Ministerio Público. Por ello, en este caso, no se les dio la intervención dentro de la causa penal, ni en el juicio de amparo.

“Yo no puedo acompañar una propuesta que reabre un proceso donde la participación de las víctimas en la época de los hechos no tenía un alcance como el que ahora se pretende. Una repetición que además puede alargar innecesariamente su juicio, generar victimización y expectativas ilusorias a las víctimas indirectas donde el Ministerio Público ya ejerció la representación debida”, explicó.

Aún cuando la sala se integra de cinco ministros, el ministro presidente de esa instancia de la Corte, Jorge Mario Pardo Rebolledo, se vio impedido en participar en la votación ya que en febrero pasado él se declaró impedido de participar en el análisis porque en 1996, como juez federal, declaró inocente a Othón Cortés, quien fue señalado como el segundo tirador en el homicidio de Luis Donaldo Colosio.

Gutiérrez Ortiz Mena asumió de manera temporal la presidencia de la primera sala y ordenó convocar a un ministro o ministra de la Segunda Sala para que vote sobre el caso en otra sesión, la cual se prevé que sea la próxima semana.

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