Ciudad de México., El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, como autoridad del gobierno federal y Claudia Sheinbaum como testigo, firmaron el decreto de la reforma judicial “en un día histórico”, el cual se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) de este 15 de septiembre.
Tal como lo había adelantado el mandatario el pasado jueves, hoy se publican los cambios establecidos en esta reforma que fue aprobada por el Senado el miércoles 11 de septiembre.
En las modificaciones destaca que la administración del Poder Judicial de la Federación estará a cargo de un órgano de administración judicial, mientras que la disciplina de su personal estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial.
Detalla que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes; su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria, todos los ministros percibirán un ingreso menor al del presidente de la República, su encargo será de doce años y ninguna persona que haya sido ministro podrá ser electa para un nuevo periodo.
También estipula que habrá juez sin rostro cuando se trate de delincuencia organizada, para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras.
La reforma publicada este día simbólico, en el que se conmemora la Independencia de México, también señala que el Senado publicará la convocatoria para la integración del listado de candidaturas dentro de los treinta días naturales siguientes a la instalación del primer periodo ordinario de sesiones de este año.
El artículo 96 de la Constitución estipula que los ministros de la Corte, así como magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, y magistrados de Circuito, así como jueces de Distrito, serán elegidos “de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones federales ordinarias”.
El decreto establece que el Senado recibirá las postulaciones y remitirá los listados al Instituto Nacional Electoral (INE) a más tardar el 12 de febrero de 2025, a efecto de que organice el proceso electivo.
Además de encargarse de la organización de estas elecciones, el instituto también tiene el mandato constitucional de efectuar los cómputos de la elección, publicar los resultados y entregar las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres.
También declarará la validez de la elección y enviará sus resultados al TEPJF o al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el caso de magistraturas electorales, quienes resolverán las impugnaciones antes de que el Senado de la República instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda, fecha en que las personas aspirantes electas tomarán protesta de su encargo ante dicho órgano legislativo.
La reforma se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación pese al amparo concedido por un juez del estado de Colima.