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Vulneró Jesús Ramírez imparcialidad y equidad en 3 Mañaneras: TEPJF

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Sesión pública del TEPJF el pasado 28 de agosto de 2024. Foto Cristina Rodríguez
11 de septiembre de 2024 19:47

Ciudad de México. El pleno de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en tres casos que el vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez, incurrió en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, derivado de expresiones hechas por integrantes del gabinete del presidente Andrés Manuel López Obrador en las conferencias matutinas del 17, 20 y 24 de mayo de este año.

Además, resolvió que el vocero de la Presidencia incurrió en el uso indebido de recursos públicos, con motivo de las manifestaciones realizadas por el presidente de México en la conferencia de prensa del 24 de mayo, así como por su difusión en las redes sociales de Facebook, X, Spotify y YouTube del gobierno de la República, del titular del Poder Ejecutivo Federal.

Los magistrados también confirmaron, en cinco casos, que la ex candidata de la coalición del PAN, PRI y PRD, Xóchitl Gálvez, vulneró las reglas de propaganda electoral por haber difundido imágenes de niños en videos de sus redes sociales y plataformas de internet en periodo de campaña, por lo que deberá pagar las multas que le impuso la sala especializada del TEPJF.

Lo mismo confirmó para los partidos al determinar la existencia de la falta al deber de cuidado, por lo que también se confirman las multas para Acción Nacional y el tricolor, así como una amonestación pública al PRD, ya que perdió su registro como partido nacional.

No obstante, el pleno de la sala superior revocó la sentencia de la sala especializada sobre las supuestas infracciones de vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda y uso indebido de recursos públicos atribuida a Manuel Vilchis Viveros, presidente municipal de Zinacantepec, Estado de México, así como el beneficio indebido atribuido a Xóchitl Gálvez, tras su asistencia a un evento de campaña el 3 de abril y la difusión en sus redes sociales, por lo que la especializada tendrá que hacer un nuevo proyecto, ya que no hizo un análisis exhaustivo.

Por otro lado, en la sesión pública de ayer, los magistrados echaron abajo las pretensiones de varios partidos políticos que buscaban rebajas en las multas recibidas por el INE, debido a las irregularidades en sus informes de gastos de campaña. Aunque esto suele hacerse cada vez que no están de acuerdo con las sanciones económicas, la sala superior señaló infundados sus reclamos.

También determinaron que la presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, también vulneró las reglas de propaganda electoral por la difusión de propaganda de un video en su cuenta de la red social "X" el tres de marzo, en la que aparecen menores de edad sin los permisos requeridos, así como la falta al deber de cuidado a los partidos políticos del Trabajo y Verde Ecologista de México, por lo que ratificó la multa y ordenó publicar la sentencia en el Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especiales Sancionadores.

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