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“Burda” resolución del TEPJF sobre incidencia en jornada electoral: CNDH

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Cabe recordar que en mayo pasado, la Sala Superior del TEPJF también determinó que la CNDH “incurrió en un exceso de sus facultades”, emitió juicios de valor en temas que no le competen y por tanto incidió en la materia electoral, al tiempo que declaró la invalidez del mecanismo de seguimiento a las campañas electorales que la comisión pretendía llevar a cabo. Foto Guillermo Sologuren/ Archivo
07 de septiembre de 2024 13:28

Ciudad de México., La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguró que combatirá “en todos los terrenos legales, nacionales e internacionales”, la resolución de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la que se le señala de haber vulnerado los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, uso indebido de recursos públicos y difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, por la publicación de sus dos informes sobre violencia política.

En un pronunciamiento, la CNDH calificó la resolución, que le fue notificada ayer, como “burda y amañada” y enfatizó que ésta “amenaza el ejercicio de los derechos humanos, y su defensa”.

Señaló que la decisión de los magistrados de dicha sala —originada de una denuncia del PAN—, “pone en evidencia la manera como se ha ejercido la justicia, y también la democracia, en este país”.

Se trata, expuso, “de un ataque burdo que no sólo confirma la consigna que existe, desde su inicio, en contra de la actual administración de la CNDH, sino que pone al descubierto las omisiones y solapamientos en que incurrieron algunos elementos de las instancias electorales en la pasada elección, su molestia porque la CNDH exhibió y denunció hechos que comprometían el desarrollo de las campañas, y subraya la urgencia de que el Poder Judicial y el propio aparato electoral se transformen, y actúen conforme a los principios de los derechos humanos, respetando la Constitución”.

Cabe recordar que en mayo pasado, la Sala Superior del TEPJF también determinó que la CNDH “incurrió en un exceso de sus facultades”, emitió juicios de valor en temas que no le competen y por tanto incidió en la materia electoral, al tiempo que declaró la invalidez del mecanismo de seguimiento a las campañas electorales que la comisión pretendía llevar a cabo.

En ese momento, igualmente le ordenó bajar de su página oficial el primer informe sobre violencia política, con el argumento de que no está en sus funciones elaborar este tipo de documentos.

En el posicionamiento que difunde hoy la CNDH, presidida por Rosario Piedra Ibarra, negó nuevamente que la publicación de los informes mencionados hayan tenido como objetivo intervenir en el proceso electoral 2024 y “mucho menos generar una tendencia a favor o en contra de determinada contendiente para el cargo de presidente de la República”.

Únicamente, aclaró, nos pronunciamos, y visibilizamos, los múltiples actos como violaciones a derechos humanos “que estaban poniendo en riesgo el resultado de la elección, y no existe en dichos documentos expresión alguna a favor de uno y otro partido político”.

El ejercicio —reiteró— tuvo como principal objetivo proporcionar a la población “elementos de reflexión y análisis para la identificación y prevención de actos constitutivos de violencia política”, ya que para la CNDH el derecho a la democracia es un “ejercicio inconcebible” que no podría realizarse sin la garantía de su libertad.

Con respecto a sus atribuciones, la CNDH puntualizó que tiene el mandato constitucional de proteger los derechos humanos en todos los contextos, incluyendo el electoral. “No existe pausa en sus funciones en periodos de elecciones, como falazmente pretende el TEPJF”, subrayó.

Señaló que “es lamentable que quienes se ostentan como máxima autoridad para hacer justicia no saben diferenciar entre propaganda gubernamental y cumplimiento de las funciones constitucionales, interpretación sesgada e interesada, ésta sí orientada a favorecer a un partido político”.

En este sentido la CNDH manifestó su preocupación, ya que según los argumentos de la resolución, las acciones de defensa y protección de derechos humanos que realiza puedan ser consideradas como "propaganda gubernamental".

Contrario a la resolución, insistió la CNDH, los informes publicados se encuentran contemplados en el Artículo 102, apartado B constitucional, y no invaden competencias electorales ni se pronuncian sobre los resultados de los comicios, “como de manera tendenciosa y malintencionada pretende establecer este fallo, mismo que revela el carácter antidemocrático y alejado del pueblo que ha cundido en las resoluciones de la mayoría de los magistrados del Poder Judicial y los intereses que los rodean”.

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