Ciudad de México. En el año 2023, se documentaron al menos 237 casos de personas extranjeras con necesidades de protección internacional que fueron devueltas a sus países de origen por autoridades migratorias, violando así el principio de no devolución, aseguraron la Clínica Jurídica “Alaíde Foppa” de la Universidad Iberoamericana; el Instituto para las Mujeres en la Migración, el Servicio Jesuita a Refugiados México, entre otras organizaciones.
Destacaron que de ese total, 205 eran personas reconocidas como refugiadas y 30 solicitantes de dicha condición, además de que se documentaron otras que contaban con cita CBP One para pedir asilo en Estados Unidos y con citas ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).
En un informe en la materia, advirtieron que la cifra de devoluciones podría ser superior porque tan sólo en ese año la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación reportó 51 mil 91, pero se desconoce en cuántas de ellas las personas manifestaron temor de regresar a su país o intenciones de solicitar refugio en México.
Indicaron que la mayoría de los 237 casos documentados por las organizaciones eran de Honduras, El Salvador, Cuba, Guatemala, Haití, Colombia y Venezuela.
También la Clínica de Litigio Estratégico de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, el Programa Casa Refugiados y Sin Fronteras IAP expusieron que del total de casos detectados, el 66 por ciento logró regresar a México, mientras que el 24 por ciento se encontraba en su país de origen, “donde continúan buscando la manera de salir”, y de 10 por ciento se desconoce su paradero.
Respecto a las edades de las personas afectadas, resaltaron que el 4 por ciento fueron niñas, niños y adolescentes, mientras que los demás fueron personas adultas. “El 68 por ciento fueron hombres y el 32 por ciento mujeres”.
Las organizaciones parte del Grupo de Trabajo de No Devolución apuntaron que 169 de los casos detectados eran de personas adultas solas, mientras que el resto variaron entre parejas, grupos de personas que viajaban juntas y menores de edad.
En la presentación del documento, enfatizaron que las autoridades han llevado a cabo acciones que han impactado “negativa y directamente” en el procesamiento de solicitudes de refugio y en la protección del principio de no devolución, el cual establece que una persona refugiada no debe ser expulsada o devuelta a un país donde enfrenta “graves amenazas a su vida y su libertad”.